Actualmente este proyecto de resolución es publicado en la página del Ministerio de Transporte para su debida socialización con los interesados y con la comunidad en general antes de su aplicación.
Dando cumplimiento a la ley 1843 de 2017, el Ministerio de Transporte trabaja en la reglamentación que define nuevos criterios técnicos para la instalación y operación de los dispositivos electrónicos de detección e infracciones de tránsito en el país, más conocidos como fotomultas.
“Este proyecto es muy importante porque pone en cintura las fotomultas para que se conviertan en lo que verdaderamente debe ser, una herramienta para contribuir con la seguridad vial y no en una caja registradora en favor de unos privados”, manifestó el viceministro de Transporte, Alejandro Maya.
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La construcción de este proyecto de resolución cuenta con cuatro componentes fundamentales:
Se establece un techo en el recaudo del privado. Las fotomultas no podrán remunerar a la inversión privada con un porcentaje superior al 10% del recaudo.
El Ministerio de Transporte será quien dé la autorización para la instalación de los dispositivos después de que la autoridad de tránsito presente un estudio de viabilidad técnica avalado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en donde especifiquen los criterios de ubicación del dispositivo (tramos críticos, infraestructura, siniestralidad y caracterización de flujos).
Teniendo en cuenta que estos dispositivos serán instalados en lugares donde represente riesgo de accidente, su ubicación deberá contar con la señalización pertinente a mínimo 500 metros de distancia. Además, los dispositivos deben estar debidamente calibrados.
Este trabajo se realiza en conjunto con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI); el Instituto Nacional de Vías (Invías) y las diferentes secretarías de tránsito del país, para convertir las fotomultas en una herramienta que permita disminuir los muertos por accidentes de tránsito en el país.