Es el segundo veto este año del Constitucional a esa ley de regulación de la red para evitar el adoctrinamiento, pues el pasado 10 de febrero ya había censurado la reforma realizada en 2016.
El Consejo Constitucional, organismo que supervisa el cumplimiento de la Constitución francesa, vetó este viernes por segunda vez una ley que castiga la consulta repetida de páginas web terroristas y que fue impulsada por la ola de atentados yihadistas sufrida desde 2015. Según la sentencia de los jueces, "no es necesaria, adaptada y proporcionada" la norma aprobada el pasado 28 de febrero, que incluye una pena de hasta dos años de cárcel y de una multa de 30.000 euros por consultar de forma frecuente y sin justificación páginas con contenido terrorista.
Es el segundo veto este año del Constitucional a esa ley de regulación de la red para evitar el adoctrinamiento, pues el pasado 10 de febrero ya había censurado la reforma realizada en 2016.
En la sentencia publicada este viernes, la máxima autoridad judicial del país volvió a no transigir acerca de esa reforma y recordó que consultar páginas web de contenido terrorista no es suficiente motivo de castigo, pues "ha de estar acompañado por la manifestación de la adhesión a la ideología expresada" en ellas.
"La libertad de expresión y comunicación es tan preciada que su ejercicio es una condición de la democracia y una de las garantías de respeto de otros derechos y libertades", alegaron los magistrados.
También recordaron que las autoridades ya disponen de "numerosas prerrogativas" para controlar los movimientos terroristas en las redes y puso como ejemplo la ley aprobada el 30 de octubre, que incorpora al derecho ordinario muchas de las leyes que estaban incluidas en el estado de emergencia.
La sentencia de este viernes, que se produce por una consulta emitida por el Consejo de Estado francés, supone un nuevo revés para muchas de las normas jurídicas vigentes desde el 13 de noviembre de 2015, cuando un ataque yihadista acabó con la vida de 130 personas en París y la vecina Saint-Denis.
El Constitucional ya censuró una reforma que permitía la vigilancia de las comunicaciones hertzianas sin control judicial y también vetó la potestad conferida a los gobiernos civiles para limitar el derecho a protesta y manifestación.