La Superintendencia de Industria y Comercio impuso en primera instancia multa a Procter & Gamble Colombia Ltda. por valor de $430 millones de pesos.
La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa cercana a los $430 millones de pesos a Procter & Gamble, por información y publicidad imprecisa, insuficiente y engañosa en relación con su producto “Head & Shoulders nutrición profunda, hasta 100% libre de caspa de por vida”.
Una vez revisado el material probatorio recaudado en la investigación, la Superindustria determinó que, tal y como es diseñada la publicidad del producto “Head & Shoulders”, esta le atribuye al champú beneficios objetivos de “100% libre de caspa de por vida” y “nutrición profunda”, transmitiendo a los consumidores mensajes objetivos que no se comprobaron en los estudios científicos y técnicos remitidos a la Superintendencia.
Así mismo, la publicidad del producto “Head & Shoulders” indica que el champú otorga efectos “de por vida”, cuando en realidad no es cierto, lo cual resulta confuso, impreciso, insuficiente, no veraz y deviene en engañoso. Así las cosas, informar a un consumidor que los efectos de un producto permanecen “de por vida” y aclarar con una nota, casi ilegible, e incluida sólo en algunas piezas de la campaña publicitaria, que dicho efecto depende de un uso regular y permanente del champú, no se ajusta a las reglas básicas de la información y la publicidad establecida en el Estatuto del Consumidor.
Esta decisión se adopta para proteger a los consumidores colombianos, quienes pueden ver afectadas sus decisiones de consumo cuando los anunciantes no suministran información clara, precisa y suficiente sobre las propiedades y componentes de los productos.
La Superintendencia de Industria y Comercio mediante Resolución No. 19991 de 2018, impuso en primera instancia, multa a Procter & Gamble Colombia Ltda., por valor de Cuatrocientos Veintinueve Millones Seiscientos Ochenta Y Tres Mil Cien Pesos M/CTE ($429.683.100, oo) equivalentes a Quinientos Cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (550) Smlmv.
Contra la decisión de primera instancia proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio, proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Entidad.