La antigua Cafesalud fue sancionada por la Superintendencia de Salud por no cumplir con la conformación y seguimiento a su red de prestación de servicios.
La Superintendencia Nacional de Salud decidió sancionar a la EPS Medimás con 2.300 salarios mínimos mensuales legales vigentes por incumplir con la conformación y el correcto seguimiento a su red de prestadores a lo largo del territorio nacional.
El pasado 29 de noviembre, la SuperSalud había multado a la EPS con 1.500 salarios por “poner en riesgo de manera directa la salud y la vida de sujetos de especial protección constitucional, toda vez que no garantizó el acceso a los servicios de salud respecto de niños, niñas, adultos mayores y personas -3.220 pacientes- que padecen enfermedades catastróficas o de alto costo como cáncer, VIH Sida, enfermedad crónica renal y enfermedades huérfanas”, según consigna un comunicado expedido por la entidad de control.
Medimás es objeto de control permanente y de una investigación administrativa por parte de la SuperSalud, a través de la cual se constató que en esta ocasión la EPS no reportó la información solicitada sobre sus servicios parametrizados y los que sí presentó son incongruentes.
Asimismo, la Corte Constitucional compulsó copias a la Procuraduría y a la Fiscalía General de la Nación para que inicie una investigación a los funcionarios de esa EPS que se negaron a cumplir las órdenes de la propia Corte, como aquella en la que se les exige salvaguardar los derechos de un niño de 7 años que necesita procedimientos urgentes por una patología auditiva que padece y que lo podría dejar sordo de por vida.
La Corte también llamó la atención al Ministerio de Salud y a la SuperSalud para que cumplan con sus funciones de vigilancia y no esperar a que las EPS cumplan con sus deberes y servicios sólo cuando un juez se vea obligado a actuar sobre ese derecho fundamental.
Medimás deberá definir, organizar y conformar su red de prestadores de acuerdo con sus obligaciones legales, además de remitir antes del próximo 31 diciembre copia de las evidencias que acrediten la debida organización y conformación de su red de prestadores para atender a los 4.920.360 usuarios que le fueron asignados.
El procurador Fernando Carrillo ha dicho en reiteradas oportunidades que la EPS no tiene experiencia en aseguramiento y que inició operaciones sin tener toda la red de clínicas y hospitales contratada. Además, Carlos Alfonso Negret Mosquera, defensor del Pueblo, ha afirmado que la capacidad autorizada para el funcionamiento de Medimás es de apenas 3.407.389 usuarios, por lo que esa EPS en realidad no tiene la capacidad de cobertura del servicio de salud, lo que se constituye en una violación flagrante a lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia T-760 de 2008.
Por su parte, los directivos de Medimás señalaron que interpondrán recursos y que continuarán garantizando el derecho a la salud y a la vida de sus usuarios en todo el territorio nacional.