La insistencia, ahora con presidente a bordo, en un proyecto que se demuestra ineficaz para contener el mal que lo motiva no garantiza la contención de los crímenes contra la niñez.
El gobierno Duque pasa un momento difícil. En sus notas informativas sobre balance del primer año de gobierno, medios de comunicación nacionales e internacionales han roto las fronteras de la información y la opinión y en medios como la BBC han hecho trizas el respeto debido a un presidente elegido democráticamente y al país que representa. Además, desacostumbrado a deliberar y decidir sin recibir prebendas del Gobierno -que saludablemente el actual mandatario decidió eliminar, así pague alto precio- el Congreso ha sido inferior a sus responsabilidades, postura que despierta escasas esperanzas sobre la actual legislatura, también amenazada por campaña en que los atomizados partidos y jefes políticos buscan mantener vigencia. En este contexto, el presidente Iván Duque ha retomado el debate sobre la instauración de la pena de prisión perpetua para responsables de abuso sexual o muerte de menores de edad.
Contra el principio de realidad, la razón jurídica, el sentido común y el principio de protección a la infancia víctima, ha hecho carrera la tesis contraevidente de que la instauración de la pena de prisión perpetua sería el disuasivo que a Colombia le falta para contener el abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes. Insistir en una reforma constitucional para sustituir las prohibiciones del artículo 34 de la Constitución y así poder instaurar la pena de prisión perpetua sólo para un tipo de delito, retrocedería a Colombia a años previos a 1910, año de la reforma constitucional que abolió la pena de muerte y la prisión perpetua.
La segunda meta del objetivo 16 de los ODS exige a los gobiernos y las sociedades trabajar para “poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños”. Abordar tal compromiso exigiría tomar decisiones de prevención y protección a los menores de edad en riesgo de sufrir abuso sexual o violencia fatal; adoptar acciones protectoras para que los niños que padecieron tan grave mal no sean revictimizados, y garantizar que los abusadores tengan barreras suficientes que les impidan revictimizar a quienes ya sufrieron daño o infligir daño a otros menores de edad. La reapertura del debate sobre la cadena perpetua impone preguntarse por las medidas para cuidar a las posibles víctimas.
En la cumbre de gobernadores cumplida el pasado 7 de agosto, el presidente Duque se ratificó en su decisión de trabajar con el Congreso para instaurar la prisión perpetua para responsables de abuso o muerte de menores de edad a fin de unificar una iniciativa que reaviva las tesis de la excongresista Gilma Jiménez; debemos declarar nuestra sorpresa porque el liberalismo haga parte de este proyecto. El presidente señaló que “no podemos seguir siendo indiferentes frente a que el lugar de mayor vulnerabilidad de nuestros niños sea el propio hogar”; le faltó explicar, sin embargo, por qué la pena daría herramientas a los infantes, jóvenes y sus familias para diferenciar los hechos abusivos, estar alerta frente a ellos y contener al agresor.
De acuerdo con el Forensis, Medicina Legal realizó en 2018 un total de 22.794 exámenes a personas entre 0 y 17 años presuntas víctimas de abuso sexual, en este caso abuso con contacto físico. La cifra apenas recoge al 22% de las víctimas que en el país denuncian el crimen, una situación que se relaciona con la relación directa con el victimario, dado que el 30% de los hechos son perpetrados por un familiar; con la impunidad, que para los delitos de violencia sexual se acerca al 94%, y al proceso penal, en el que las víctimas son vulnerables a revictimización que afecta su dignidad. Todo ello sin conseguir protección de una sociedad carente de sistemas e instituciones que ofrezcan una ruta para su recuperación física, emocional y mental, ello a pesar de que los daños a los menores de edad por estos hechos suelen dejar secuelas permanentes.
La justicia ha avanzado a los estadios de la justicia transicional y la justicia restaurativa porque las sociedades han madurado para entender que la contención del delito y no la venganza justiciera contra el perpetrador es lo que se pretende con el aislamiento del agresor. Como hemos reiterado, el hecho de que la condena sea de 60 años sin posibilidades de conmutación ya es garantía suficiente de alejamiento del victimario de las potenciales víctimas y no es un acto de retaliación.
La insistencia, ahora con presidente a bordo, en un proyecto que se demuestra ineficaz para detener el mal que lo motiva no garantiza la contención de los crímenes contra la niñez. Amenaza, en cambio, proyectos necesarios para resolver problemas substanciales del país, como las leyes de lucha contra la corrupción, la reforma a la justicia, la ley estatutaria u orgánica para regular la autoridad territorial sobre el suelo y el subsuelo que ha sido reclamada por la Corte Constitucional y la reforma política, entre las urgencias para generar estabilidad institucional y seguridad jurídica.