La política criminal en el país no puede seguir siendo pensada desde la arista de la pena, sino de una articulación con otros actores conducentes hacia la prevención del delito
La demagogia y el discurso populista en estas épocas electorales se convierten en las armas más utilizadas para descrestar y motivar a un electorado que muchas veces actúa más por impulso que por razón para “digerir” las propuestas de los candidatos.
Dos proyectos de ley hacen tránsito en el Congreso de la República, tendiendo más hacia el populismo que realmente con impactos positivos en la transformación social, mientras otras, que sí deberían tener debates conducentes a la transformación de nuestras costumbres tienen el “sueño de los justos” en las gavetas de los honorables congresistas, sobre todo aquellas relacionadas con la corrupción.
Ese par de proyectos “populistas” son el relacionado con la cadena perpetua a violadores de los infantes, sobre el cual me referiré en este espacio y la tercera prima para un segmento de la fuerza laboral del país.
El primero de ellos ha tenido tanto contradictores como adeptos, máxime cuando en los últimos años el índice de infantes abusados en el país se ha incrementado, muchos casos logran salir a la luz pública con gran impacto mediático que logra conmover los corazones de los colombianos que llagan a clamar por una justicia severa para aquellos abusadores.
En este sentido soy de la línea que considera que el marco normativo actual contempla penas que fácilmente hacen que una persona pase el resto de la vida entre rejas. El problema del delito no está en establecer penas duras, porque muchas reformas al Código Penal se han establecido aumentado el tiempo de sanción, sin tener realmente un impacto relevante en la prevención del delito, gracias a que el sistema judicial del país tiene grandes dificultades para actuar, como lo he expresado en varios artículos en este mismo espacio. Pero, más allá de las debilidades del sistema, es necesario buscar la conexidad del delito contra la libertad sexual y el abuso de menores con otro tipo de conductas, como, por ejemplo, el uso por parte del agresor de sustancias sicoactivas y alcohol, para poder determinar la tasa de agresiones bajo “estado de no dominio de la conciencia” y de esta manera encausar la política pública criminal para determinar los verdaderos detonantes de la esta conducta totalmente reprochable, no significa que quién no esté en sus plenas competencias al momento de cometer este tipo de delitos sea una excusa para ser blandengues con ellos. La ley debe aplicar con toda severidad.
La política criminal del país no puede seguir siendo pensada desde la arista de la pena, sino de una articulación con otros actores conducentes hacia la prevención del delito, siendo ellos educación, salud y trabajo, como aportantes en la construcción de una mejor sociedad.
Sí realmente las altas penas contempladas en el marco normativo penal colombiano fuesen efectivas para prevenir el delito, las cárceles del país no tendrían el hacinamiento que tienen hoy en día.