Esta decisión permitirá agilizar procedimiento que se ha convertido en trámite dispendioso para ciudadanía y ha congestionado el aparato judicial.
La Fiscalía y el Ministerio de Salud firmaron una circular que permite que las muertes por causa natural no tengan que ser certificadas por la policía judicial, es decir el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) o la Policía, o por Medicina Legal.
Ahora, este trámite, que se había convertido en dispendioso, puede ser solicitado en la EPS, IPS, entidades territoriales como gobernaciones, distritos o alcaldías, médicos tratantes y/o trabajadores de la salud que estén autorizados legalmente.
Según la información entregada por la Fiscalía, “en 2017, Medicina Legal practicó 28.410 necropsias médico-legales para determinar los mecanismos de muerte, pero 4.023 de los dictámenes, es decir el 14%, concluyeron que correspondían a situaciones naturales y de salud. Por estos hechos, la Fiscalía abrió 3.598 investigaciones por el posible delito de homicidio, pero fueron archivadas ante la certeza de que los decesos sucedieron por causas naturales”.
Además, dieron a conocer que en “algo más de siete meses de 2018, la caracterización de las muertes naturales pasó de 14% a 47%, para un total de 2.542 procesos que coparon la capacidad judicial y, finalmente, también fueron cerrados”.
Es por esto que la Fiscalía y el Ministerio de Salud suscribieron la Aplicación del Procedimiento para la Expedición de Certificados de Defunción por Muerte Natural que permite que este certificado no tengan que ser expedidos a la policía judicial.