De las 81 peticiones que hizo el sindicato de pilotos, el Tribunal de Arbitramento sólo concedió 30. Para despedir a alguien, Avianca deberá pedir permiso al Ministerio del Trabajo.
El laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento y que dirimió el conflicto laboral entre Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, Acdac, les fue notificado a las partes y este, según advirtió la ministra del Trabajo, Griselda Yaneth Restrepo, es de obligatorio cumplimiento.
Aunque la declarada ilegalidad de la huelga le entrega unas facultades a Avianca, la ministra Restrepo señaló que entre las decisiones del Tribunal está la de acoger una cláusula de no represalia contra los trabajadores para evitar despidos masivos en contra del personal sindicalizado.
Según Jaime Pinzón, presidente del Tribunal de Arbitramento -conformado por tres árbitros- del conflicto entre los pilotos y Avianca, las decisiones se tomaron con base en los preacuerdos de las partes.
Uno de los puntos, el del incremento salarial, determina que los pilotos recibirán un aumento hasta el 12,75% y los copilotos hasta el 11,75%, con retroactividad desde el mes de abril de 2017, por lo que Avianca deberá pagar el acumulado de la diferencia entre el aumento que recibieron (del 11% para los primeros y del 9% para los segundos) y el señalado por el Tribunal.
Para el próximo año, el incremento se hará con base en el IPC más 1,50 puntos, mientras que para 2019 será del IPC más 1,75 puntos, porcentajes que serán tenidos en cuenta también para los demás beneficios económicos. Uno de los propósitos de esta decisión es acercar salarios de pilotos y copilotos, puesto que los primeros recibían un sueldo tres veces superior al de los segundos.
A cada piloto le será entregada una tablet y se les pagará un plan de telefonía móvil con el fin de recibir las notificaciones de la empresa.
En una de las peticiones, los 1.358 pilotos exigían que la empresa les permitiera viajar ilimitadamente y en primera clase, incluyendo a sus familias. También, beneficios económicos superiores a los pilotos extranjeros. Asimismo, coadministrar el manual de operaciones y funciones. Las tres fueron negadas. En total, de las 81 peticiones que hizo el sindicato de pilotos, el Tribunal de Arbitramento sólo concedió 30. Y para despedir a alguien, Avianca deberá pedir permiso al Ministerio del Trabajo.
Tanto el sindicato Acdac como Avianca tienen plazo hasta este miércoles 13 de diciembre para interponer el recurso de anulación ante la Corte Suprema de Justicia, tribunal que contará con tres meses para resolver si confirma la decisión del Tribunal o si resuelve sobre la anulación total o parcial del laudo.
Cabe recordar que el Ministerio del Trabajo convocó al Tribunal de Arbitramento, mecanismo que consagra la ley, en forma obligatoria tras considerar que la compañía aérea presta un servicio público esencial. Por su parte, el laudo arbitral es una providencia que debe ser acatada por cada una de las partes una vez quede ejecutoriada y se convierte en una convención colectiva que como todas las convenciones es la que rige las condiciones laborales durante su vigencia para cada una de sus partes.