En una muy polémica decisión esa autoridad electoral mantuvo la inscripción de las candidaturas de los concejales Daniela Maturana y Daniel Carvalho, acto administrativo que sería demandado ante el Consejo de Estado.
A un mes de las elecciones de las autoridades políticas territoriales, ha desatado fuertes comentarios y reacciones en contra las decisiones adoptadas en los últimos días por el Consejo Nacional Electoral.
Este organismo, severamente cuestionado por su origen político, que en concepto de muchos entendidos no es garantía de imparcialidad, tiene hasta este viernes 27 de septiembre facultades por el calendario electoral vigente, para decidir trascendentales situaciones en aspectos como la legalidad o no de inscripciones de candidatos para los comicios de octubre, la impugnación de avales a candidatos e igualmente todo lo relacionado con la también legalidad o no de la inscripción de cédulas para combatir la trashumancia o también conocida como el trasteo electoral.
Varias determinaciones de este organismo tienen directo impacto en la campaña electoral en Antioquia y todo lo ocurrido llevó a que el exmagistrado antioqueño del CNE, entre el 2002 y el 2006, el abogado Guillermo Mejía Mejía, considere muy coloquialmente que sus colegas de hoy en día la están embarrando con sus decisiones.
Hasta finales del siglo pasado el CNE era elegido por el Consejo de Estado, pero después pasó a ser conformado por el Congreso de la República, lo que ha sido mayoritariamente rechazado por muchos sectores de la sociedad colombiana, que reclaman un nuevo sistema de elección del cuerpo rector de vigilancia de un tema tan delicado como son las garantías electorales en un país tan complejo, complicado y desigual como Colombia.
El exmagistrado Mejía Mejía no comparte el acto administrativo del CNE de conservar como legal la inscripción de los concejales de Medellín, Daniela Maturana y Daniel Carvalho y advierte que esta decisión seguramente será demandada ante el Consejo de Estado, donde casi todas las actuaciones de esa autoridad electoral son anuladas.
Por tal motivo las curules de Maturana y Carvalho, en caso que sean revalidadas este 27 de octubre, corren enorme riesgo de ser anuladas por el Consejo de Estado.
En concepto de muchas personas es insólito y hasta de descarada doble militancia que estos dos concejales sean aún hoy bancada del movimiento
“Creemos” y el CNE acepte ajustado al ordenamiento legal que se inscriban al mismo tiempo por el movimiento por firmas “Todos juntos”. Eso no pasa en un país serio.
Según el CNE en la inscripción de estos dos corporados no se configura la doble militancia porque “Creemos” es un movimiento efímero que no tiene el mismo rango de estabilidad jurídica de los partidos o movimientos con personería jurídica porque tienen el 3% de la votación válida del Senado o en la Cámara, y ante ello se podían cambiar de grupo significativo de ciudadanos, GSC.
Sin embargo, tanto los partidos como los GSC están obligados a actuar en bancada en sus respectivas corporaciones y es allí donde se configura la doble militancia, conceptúa Mejía Mejía apartándose la decisión del CNE.
Si los concejales Maturana y Carvalho querían de verdad actuar correcta y legalmente, como ahora lo quieren hacer ver por la controvertida decisión del CNE, debieron renunciar a “Creemos” un año antes del primer día de inscripciones, que fue el 27 de junio.
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Ha sido costumbre que las inscripciones ilegales y los retiros de candidatos se aclaren y se produzcan faltando un mes para las elecciones, para evitar que esos candidatos salgan en las tarjetas electorales.
Pero también se considera supremamente exagerado que el CNE expida un comunicado para congraciarse con las mujeres colombianas y exclamar como histórico que salvaron su derecho electoral a participar con listas solamente femeninas.
Y es exagerado porque la disposición legal que la contempla es muy clara o no origina dudas. El artículo 28 de la ley estatutaria 1475 de partidos y movimientos políticos dice que “…las listas donde se elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta –exceptuando su resultado- deberán conformarse por mínimo de un 30% de uno de los géneros”.
En el caso del Concejo de Medellín, se inscribió por primera vez una lista de mujeres que respetó el 30% de la participación de la cuota de hombres, como dispone la norma que citamos, entonces no tenía sentido que fuera demandada y menos que el fallo del CNE sea histórico por hacer respetar la ley, que es su obligación.
De otro lado, el CNE también mantuvo el aval al candidato conservador Juan Camilo Restrepo Gómez al rechazar las pretensiones de muchos dirigentes de ese partido en Antioquia que alegaron que esa credencial había sido otorgada violando los estatutos de esa colectividad y los sistemas de democracia interna para seleccionar candidatos.
De esa forma, este candidato, quien carece del apoyo de la clase política azul y recurre a lo que denomina las bases, se ha convertido en un verdadero dolor de cabeza para los líderes conservadores regionales, que no pueden dar ningún papayazo que los pueda conducir al estrado judicial por doble militancia.
La última pilatuna del CNE habrá que establecerla tras una minuciosa lectura de las resoluciones que lo llevaron a anular la no despreciable cantidad de 915.853 inscripciones de cédulas, de las cuales 133.784 en Antioquia, en 124 municipios de los 125 de este departamento. En Medellín no se presentó ninguna.
Lo anterior significa que en esta región fue anulado el 35% de las cédulas inscritas, que en total había sido de 375.416. 188.038 de mujeres y 158.189 de hombres.
Guillermo Mejía se preguntó si para esa altísima cifra se hicieron previas inspecciones de campo o sólo se limitaron a hacerlo mediante el cruce de información con bases de datos, lo que es muy frágil y puede ocasionar injusticias y hasta fomentar la abstención electoral.
La Delegación Departamental del Estado Civil en Antioquia por intermedio de su Coordinación Electoral informó que a través de la página electrónica www.cne.gov.co por la ruta Trashumancia/decisiones trashumancia se pueden descargar las resoluciones y anexos correspondientes al Departamento de Antioquia.