El Consejo de Estado determinó que las inasistencias de Álvaro Uribe a las sesiones del Senado no tienen relevancia frente a la causal de pérdida de investidura que se alega.
El Consejo de Estado negó la demanda de pérdida de investidura en contra del senador Álvaro Uribe por no asistir a varias sesiones legislativas.
La decisión la tomó la Sala Quinta Especial de Decisión de Pérdida de Investidura del Consejo de Estado al resolver una querella del abogado Nixon José Torres Cárcamo que pedía la pérdida de investidura de Uribe, fundador del partido Centro Democrático.
La Sala "encontró probado que de las veinte sesiones cuestionadas por el actor, está debidamente justificada la inasistencia a diez sesiones plenarias, de acuerdo con las excusas aceptadas y permisos concedidos por el Senado de la República", dijo el Consejo de Estado en un comunicado.
La información añade que el actual senador Uribe no asistió a cinco sesiones, pero que no eran plenarias y a dos sesiones plenarias en las que no se votaron proyectos de ley, acto legislativo ni mociones de censura.
"Es decir, que estas inasistencias no tienen relevancia frente a la causal de pérdida de investidura que se alega", dice el alto tribunal.
Además, la Sala Especial estableció que en las sesiones restantes, relacionadas con el acuerdo de paz, Uribe no votó esas iniciativas por la decisión del partido Centro Democrático de no intervenir en los debates de esos proyectos.
Así, "la Sala Quinta Especial de Decisión de Pérdida de Investidura concluyó que respecto del senador Álvaro Uribe Vélez no se configura la causal de pérdida de investidura del artículo 183 numeral 2 de la Constitución Política".