En S.O.S. el nuevo Código Electoral

Autor: Nacho
27 julio de 2020 - 07:18 PM

Analista advirtió que no es posible sacar adelante al mismo tiempo algunas reformas políticas y un nuevo estatuto electoral.

Medellín

Con motivo del reciente inicio de la legislatura en el Congreso de la República, en el campo político y electoral se anunció la radicación de varios proyectos de reforma constitucional y otros del orden legal.

El Gobierno Nacional incluyó en su agenda de prioridades el estudio para aprobación de un nuevo Código Electoral que ya está elaborado, pues el vigente data de 1986, está totalmente desactualizado y la normatividad actual está dispersa en varias leyes.

Pero su trámite y muy necesaria aprobación, tras varios frustrados intentos en el pasado, pese a que el actual proyecto de ley es en general un buen y completo estatuto, otra vez estaría en serio peligro, toda vez que varios congresistas y partidos políticos ya anticiparon que radicarán varias reformas al actual sistema político-electoral, que entorpecerían el tránsito legislativo del Código Electoral, pues su consideración quedaría postergada hasta el segundo semestre del 2021, en plena campaña electoral, lo que nuevamente conduciría a otro inevitable revés, tal como ya ha sucedido.

En torno a esta situación y también a la insistencia de algunos sectores por el voto electrónico, muy costoso para el país y del que ya se están desmontando o regresando al voto de papel varios países desarrollados tecnológicamente por su poca confiabilidad, repasamos y profundizamos algunas intimidades de estos delicados tópicos para la vida institucional y democrática de Colombia con el analista electoral Guillermo Mejía Mejía, quien formuló precisiones y aportes para entender lo que podría suceder en el Senado y en la Cámara.

 

¿No es posible al mismo tiempo que el Congreso tramite una reforma política y le dé por fin al país un nuevo Código Electoral? ¿Por qué?

Porque necesariamente lo que se decida en la reforma política se tendrá que reflejar en el nuevo código electoral. La reforma política es una reforma constitucional y el nuevo código electoral una ley estatutaria.

Para reformar la Constitución por la vía del Congreso se requiere que el trámite del proyecto tenga lugar en dos períodos ordinarios y consecutivos. O sea, que primero los proyectos de reforma política presentados se tienen que unificar y luego comenzar el debate durante el primer período que comenzó el 20 de julio pasado y que termina el 16 de diciembre de este 2020. El segundo trámite se le debe dar en el primer período del 2021 que comienza el 16 de marzo y termina el 20 de junio de ese año.

Es necesario recordar que en cada uno de los períodos se le deben dar cuatro debates en el Congreso: dos en Cámara y dos en Senado.

 

Entonces, esto llevaría nuevamente a que Colombia no pueda contar con un nuevo Código Electoral, que sea un estatuto que recoja todas las normas dispersas y se acomode a las nuevas realidades políticas del país?

De aprobarse la reforma política, como es de esperarse dado entre otras cosas por el interés que tienen muchos congresistas en permitir nuevamente el transfuguismo político, ésta solo lo estaría para el 20 de junio de 2.021. Las elecciones de congreso son el 13 de marzo de 2.022, lo que quiere decir que el segundo periodo del congreso antes de las elecciones es época electoral en la cual los congresistas se ponen de acuerdo para darle tiempo a sus campañas y poco les interesará una ley estatutaria en la que todos los senadores y representantes se van a preguntar cómo los afecta.

En síntesis, en un período de sesiones ordinarias, en época electoral, es imposible sacar adelante un proyecto de Código Electoral que tiene 191 artículos y que requiere de una mayoría calificada en el Congreso.

En mi sentir estamos condenados a continuar con una normatividad electoral totalmente desactualizada y dispersa.

El Código actual es el decreto ley 2241 de 1.986, o sea, anterior a la Constitución de 1.991 y la legislación sobre la materia está esparcida en distintas leyes, lo que hace más difícil su consulta y su integración.

 

¿Qué opinión en general tiene de la propuesta de nuevo Código Electoral que ya fue radicado desde el año pasado? ¿Lo conoce? ¿Le gusta? ¿tiene reparos?

Que yo conozca es la primera vez que se ponen de acuerdo el CNE, la Registraduría, la Procuraduría General de la Nación, el Gobierno Nacional y el Consejo de Estado, en un texto único que tiene fecha del 1° de septiembre de 2019 y que fue radicado o se va a radicar en el Congreso en esta legislatura.

Es un texto bastante completo, con 191 artículos y es bueno abonárselo al anterior Registrador Juan Carlos Galindo que tiene una amplia experiencia tanto desde la Procuraduría y el Consejo de Estado como desde la cátedra.

Le di una leída a la exposición de motivos y al texto completo del articulado, pero en estos momentos estoy preparando unas observaciones, por escrito, y voy en el artículo 42. Por ejemplo, una de las anotaciones que hago es que se insiste en rebajar el censo electoral y reducirlo únicamente a los que votaron en las anteriores elecciones cuando ya la Corte Constitucional había declarado inexequible el mismo artículo de la ley 1475 de 2.011 mediante la sentencia C-490 del mismo año.

Y la otra observación de importancia es la relacionada con la llamada trashumancia electoral porque si bien el proyecto mejora la idea de residencia, todavía se hace muy difícil aplicarla en las zonas conurbadas como el área metropolitana del Valle de Aburrá.

 

Se está insistiendo otra vez en el voto electrónico, cuando ya está aprobado legalmente, pero el problema es fiscal, los altos costos para implementar esta modalidad que además está siento muy revaluada por la alteración de los resultados. ¿Cuál es su opinión?

La Constitución da la posibilidad de implantar el voto electrónico en Colombia, pero las leyes 892 de 2.004 y 1475 de 2.011 lo volvieron obligatorio y en esta última se conformó una comisión integrada por el registrador Nacional, tres ministros, dos miembros del CNE y un delegado de cada partido con personería jurídica.

Esta Comisión efectivamente se reunió y desde junio del 2.013 rindió un informe final en el que se destacan los resultados de las respuestas dadas por 15 empresas que se presentaron como posibles oferentes de tecnologías. O sea, que todo está dispuesto para que se abra la licitación, pero hasta ahí llegó el proyecto de voto electrónico pues el Ministerio de Hacienda, ni en el gobierno de Santos ni en el de Duque, ha entregado los recursos, ni creo que los vaya a entregar, pues el costo de una máquina de voto electrónico se calcula en cinco mil dólares en cuyo valor se incluye la compra, el transporte, los seguros, el bodegaje, la instalación y la obsolescencia. Si tenemos en cuenta que el número de mesas está por el orden de las 96.000, una votación electrónica en el país está por el orden de los 480 millones de dólares, pero a los cuatro años esos equipos estarán obsoletos y se les tendrá que dar mantenimiento o comprar unos nuevos. 

En la actualidad se están utilizando tres sistemas de software: el preconteo para que se conozcan rápido los resultados electorales, que son los que trasmiten los medios; el de escrutinio para pasar los resultados del formulario E-14 al E-24 y el de la digitalización donde se suben a la nube las fotos del E-14. 

Lo que algunos quieren, entre ellos el actual Registrador Nacional, es que se cambie el voto en papel por uno donde se sufraga en una terminal por el estilo de los cajeros electrónicos y al terminar la votación, a las cuatro de la tarde, la misma máquina da el resultado e imprime el formulario de la mesa. Existen tecnologías que imprimen cada voto y la terminal lo deposita en una urna adyacente.

La crítica que se le hace a este sistema es que los software pueden ser manipulados y ningún testigo electoral medio está en capacidad de verificar la información final. Para los que dicen que para eso se pueden contar las papeletas que imprime la máquina se les contesta que esta funciona igual a las impresoras de computador casero a las que se le dice cuantas copias imprime.

 

¿En verdad que ya varios países se están regresando del voto electrónico al de papel?   

Países de alta tecnología como Holanda, Finlandia, Irlanda y Alemania se regresaron al voto en papel por haberse demostrado la fragilidad para que el sistema sea alterado por hackers. 

En este último país, el sistema se instaló en el año 2005, pero luego de que algunos actores electorales presentaron denuncias y apelaciones de fallos ante la justicia alemana, el Tribunal

Constitucional, en 2.009, declaró la inconstitucionalidad del uso de urnas electrónicas. El principal argumento de la sentencia se fundamenta en la incapacidad que tiene el ciudadano medio alemán de verificar por sí mismo, sin que sea necesario que tenga conocimientos especiales en informática, el resultado de las elecciones e inclusive los mismos funcionarios electorales, ya que este proceso se lleva a cabo exclusivamente en el interior de las máquinas, en la “caja negra”.

Da la sensación de que cuando los países de alta tecnología están de regreso, nosotros apenas vamos.

 

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