El decreto 558 aporta medidas para el sistema general de pensiones

Autor: Redacción
16 abril de 2020 - 08:46 AM

El programa institucional “Prevención y Acción” de la Presidencia estuvo enfocado este miércoles, en gran parte, en temas de pensiones y económicos.

Colombia

El Gobierno Nacional expidió este miércoles el decreto 558, mediante el cual adopta medidas en cuanto al sistema general de pensiones, y así ofrecer mayor liquidez a los empleadores y los trabajadores independientes, además de proteger de una descapitalización de las cuentas de ahorro pensional que soportan el pago de su pensión a aquellos pensionados que reciben un salario mínimo legal mensual vigente.

El decreto plantea que empresarios y trabajadores independientes, durante tres meses, paguen una mínima parte del aporte pensional que efectúan en cada mes.

El Ministerio de Hacienda señaló que el descuento en el aporte pensional genera que se puedan ahorrar hasta un 10% de sus ingresos mensuales, tanto empresas como trabajadores independientes.

El Artículo 1 del decreto indica que los empleadores de los sectores público y privado y los trabajadores independientes que se inclinen por esta modalidad pagarán como aporte el 3% de cotización al sistema general de pensiones, a fin de cubrir el costo del seguro profesional en el régimen de ahorro individual con solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del régimen de prima media (sistema público de pensiones), según corresponda, así como el valor de la comisión de administración.

“La cotización de que trata este artículo será pagada de la siguiente manera: El 75% por el empleador y el 25 % restante por el trabajador. Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100 % de esta cotización”, dice la norma.

El documento añade que las administradoras del sistema general pensiones deberán tener en cuenta a favor de sus afiliados las semanas correspondientes a los dos meses cotizados bajo normas del presente Decreto Legislativo, con el fin de que estas semanas se contabilicen para completar las 1.150 semanas que le permitan al afiliado acceder a la garantía de pensión mínima en el régimen de ahorro individual o a las 1.300 semanas para obtener una pensión de vejez de un salario mínimo legal mensual en el de prima media.

La medida se aplicará a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, a los empleadores del sector público y privado, a los trabajadores dependientes e independientes, a los pensionados del Régimen de Ahorro Individual, “en la modalidad de retiro programado, a Colpensiones y a las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías”.

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Líneas de crédito para apoyar a las Mipyme

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, informó que la Junta Directiva del Fondo Nacional de Garantías (FNG) decidió crear tres líneas de crédito para apoyar y mitigar los efectos del covid-19 en las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme).

La primera línea estará dirigida para apoyar a las Mipyme a pagar sus nóminas “otorgando unas garantías del 90%, es decir, la Mipyme que tenga unos problemas para financiar su nómina acude a su entidad financiera, esta le puede dar el crédito sabiendo que, si algo sale mal, los primeros recursos que se pierden no son los de la entidad financiera, sino los que puso el Gobierno en la forma de garantía. Vamos a asegurarnos de que esas nóminas, de todos aquellos empresarios que las están defendiendo y están honrando esos contratos laborales y no los están deshaciendo, reciban ese apoyo. La suma total de esa línea es de $12 billones”, dijo el Ministro.

Aseveró además que una segunda línea por $3 billones estará dirigida al capital del trabajo, pues las Mipyme no solo se ven afectadas por el tema de pago de nómina, sino “también por las necesidades de capital de trabajo y la financiación de sus provisiones, de sus proveedores”. En ese sentido, agregó que “esa línea es por $3 billones y tendrá una garantía del 80%”.

La tercera y última, que contará con recursos por $1 billón y una garantía del 80%, estará dirigida a trabajadores independientes: “La comisión, que es necesario pagar para constituir esas garantías, también estará subsidiada. Vamos a subsidiar el 75% de esas comisiones”, indicó Carrasquilla.

Respecto al calendario tributario, Carrasquilla especificó que se autorizaron aplazamientos para que las Mipyme tengan un respiro y liquidez en sus finanzas: “En el calendario tributario ha habido unos aplazamientos, también, para ayudar con los flujos de caja, en los impuestos de renta, al patrimonio, a todos los temas de Obras por Impuestos. Son decisiones que se han ido tomando”, dijo el MinHacienda.

Exención de IVA para 211 bienes e insumos médicos

El Presidente Iván Duque afirmó que el decreto 551 del 15 de abril de 2020, mediante el cual el Gobierno Nacional establece la exención del IVA para la importación y venta en el país de 211 bienes e insumos médicos, permitirá surtir con elementos de protección a los trabajadores de la salud y beneficiará el bolsillo de los colombianos.

De acuerdo con el texto del decreto, este beneficio se aplicará durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria. Entre estos bienes e insumos se destacan elementos para la protección del cuerpo (tapabocas, mascarillas, guantes, batas y gorros, entre otros), cánulas, tubos, respiradores, ventiladores, nebulizadores, sondas, válvulas, catéteres, jeringas, electrodos, desfibriladores, monitores, sensores, tensiómetros, termómetros, ecocardiógrafos, ecógrafos, glucómetros, fibroscopios, espirómetros y equipos para transfusión sanguínea.

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