Los bienes de este tipo que ingresen a precios menores o iguales a los establecidos por la ley pagarán 35% y 40 % de arancel.
El Gobierno colombiano prorrogó por dos años la medida que establece un arancel del 35% para calzado y del 40% para el sector de las confecciones, que deberán ser pagados por las importaciones de este tipo que ingresen a precios menores o iguales a los del umbral establecido por la ley.
Lo que quiere decir que con la expedición del decreto 1786 del 2 de noviembre de 2017, para las importaciones de confecciones que ingresen por un valor igual o inferior a 10 dólares por kilo (umbral), aplicará el arancel del 40%.
Cuando el precio declarado supere este umbral el arancel será del 15%, que es el arancel de Nación Más Favorecida (NMF).
Ante esto, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo explicó que en el caso de las importaciones de calzado, se estableció un umbral entre 6 y 10 dólares por par (dependiendo del tipo de calzado).
Asimismo, dijo que cuando dichos bienes ingresen con valores inferiores o iguales a los umbrales, se aplicará el arancel del 35%. Cuando el precio declarado supera esos límites, el arancel será el de Nación Más Favorecida (15%).
Añadidas a estas medidas, dirigidas a controlar la subfacturación, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Dian, con el acompañamiento del sector privado, evalúan los umbrales para el control aduanero y las solicitudes de incluir otros sectores dentro de estos mecanismos.