Esta ley permitirá el sometimiento colectivo de los Grupos Delictivos Organizados (GDO) y los Grupos Armados Organizados (GAO).
El fiscal Néstor Humberto Martínez convocó al Consejo de Seguridad, con la fin de aclarar las organizaciones criminales podrán someterse a la justicia, conforme la ley de sometimiento de las bandas criminales.
A este respecto, Martínez enfatizó que las disidencias de las Farc no podrán beneficiarse de la ley de sometimiento, puesto que ya tuvieron la oportunidad de desmovilizarse, en el marco del proceso de paz con la extinta guerrilla de las Farc, pero “decidieron mantenerse en la ilegalidad”.
A la ley de sometimiento solo podrán someterse dos tipos de grupos criminales: los Grupos Delictivos Organizados (GDO) y los Grupos Armados Organizados (GAO), cuyas características están contempladas en la ley.
Los GAO son aquellos grupos que, “bajo la dirección de un mando responsable” les permite tener control sobre el territorio y, con esto, realizar “operaciones militares sostenidas y concertadas”. Por su parte, los GDO son aquellos grupos estructurados por tres o más personas, que han existido por cierto tiempo, con el propósito de “cometer uno o más delitos graves”, para obtener algún tipo de beneficio.