Decisión de segunda instancia confirmó la destitución e inhabilidad por doce años a subintendente Juan Carlos Leal Barrero, y de los patrulleros, Fredy Esneider Navarrete y Nelson Daniel Rodríguez Castillo.
La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por doce años a los comandantes de la Estación de Policía de Suba, coronel Nelson de Jesús Arévalo Rodríguez, y del CAI Andes, subteniente Rosemberg Madrid Orozco, por obstaculizar la investigación del CTI de la Fiscalía General por la muerte del joven grafitero, Diego Felipe Becerra Lizarazo, el 19 de agosto de 2011.
La Sala Disciplinaria resolvió los recursos del subintendente Juan Carlos Leal Barrero, y de los patrulleros, Fredy Esneider Navarrete y Nelson Daniel Rodríguez Castillo, quienes solicitaron revocar la sanción de destitución e inhabilidad por doce años impuesta en fallo de primera instancia, el 18 de agosto de 2016; así como la impugnación hecha por los padres de la víctima, quienes consideraban que, conforme al material probatorio recaudado en el proceso, todos los involucrados en la alteración de la escena del crimen debían ser sancionados.
En este sentido, la Sala encontró que el coronel Arévalo Rodríguez y el subteniente Madrid Orozco sí tuvieron responsabilidad disciplinaria al haber consentido que se alterara la escena del crimen, con el fin de ocultar la conducta punible del expatrullero Wilmer Alarcón, y por lo tanto, revocó la decisión absolutoria en su favor contenida en el fallo de primera instancia.
El órgano de control reprochó el actuar del coronel y el subteniente, quienes estuvieron presentes en la escena del crimen por tiempo suficiente para conocer con claridad lo sucedido, y por su nivel de mando y jerarquía no resultaba previsible que sus subalternos tomaran decisiones y emprendieran acciones tan determinantes sin que ellos se percataran, o incluso las hubieran ordenado.
"Para la Procuraduría lo que han debido hacer los disciplinados al llegar a la escena del crimen era verificar su estado y protegerla para entregarla al CTI de la Fiscalía en la forma como fue encontrada, lo que no ocurrió, pues la escena fue entregada a los investigadores aproximadamente cuatro horas después de ocurridos los hechos", señaló el ente disciplinario.
De otro lado, confirmó la sanción de destitución e inhabilidad impuesta por doce años al subintendente Leal Barrero, y a los patrulleros Navarrete y Rodríguez Castillo, al corroborar que sí cometieron falta disciplinara por alterar la escena, propiciar una demora injustificada en la entrega de la escena al CTI de la Fiscalía General de la Nación, y acordar un pacto de silencio con el fin de ocultar la verdad de los hechos que dieron lugar a la muerte del joven y posterior ubicación del arma cerca de su cuerpo, al tiempo de que se le señaló de ser integrante de una banda criminal.
Ante la gravedad de los hechos, el ente de control calificó la conducta de los uniformados como gravísima a título de dolo, teniendo en cuenta que al ser miembros de la Policía Nacional contaban con la preparación de la institución, y conocían que una de sus funciones esenciales es preservar los derechos.