"El periodista no puede convertirse en idiota útil de los que acusan"

Autor: Kelly Melissa Álvarez Correa
12 enero de 2018 - 08:21 PM

Así lo afirmó Javier Darío Restrepo, sobre la polémica despertada por la decisión del Tribunal Superior de Bogotá con la que le pidió a Semana revelar las fuentes de una investigación publicada en 2013. 

Bogotá, Colombia

Gran controversia generó este viernes la decisión de la Corte Suprema de Justicia, que inadmite la tutela interpuesta por Publicaciones Semana, para impugnar el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que ordenó en segunda instancia que se revelen las fuentes de la investigación "Los pecados de Eike", publicada en la revista Dinero (de dcicha casa editorial) en 2013.

La decisión pide a Publicaciones Semana dar a conocer todas los sustentos en los que se basan las referencias a Leyla Rojas, la demandante y exviceministra de agua del Ministerio de Ambiente y quien entonces trabajaba para la carbonera CCX Colombia, propiedad de Batista, adujo haber sido perjudicada por la publicación. "La totalidad de los correos y comunicaciones cruzadas entre funcionarios de la demandada y (la allí gestora), entre funcionarios de la demandada y la sociedad CCX, entre funcionario y la sociedad AUX. La totalidad de las pruebas con que contaron para aseverar lo mencionado en el artículo "Pecados de Eike" en contra de Leyla Rojas", señala el fallo.

Con esto, agremiaciones de periodistas en el país, reporteros, académicos y otros, han cuestionado la decisión del ente judicial con el que se estaría violando los derechos al secreto profesional y a la reserva de la fuente, consagrados en la Constitución Política de Colombia. 

"Si bien es cierto el ejercicio desplegado por los medios de comunicación debe alentarse por cuanto a través suyo se mantiene enterada a la población en general de las situaciones que le conciernen supervisan la gestión pública procuran servir al interés ciudadano producen información y la difunden contribuyendo a la formación de una democracia deliberativa no lo es menos, tal actividad no puede entenderse absoluta pues impone a quienes la ejercen unos deberes de fidelidad imparcialidad y certeza", reza el fallo de la Corte Suprema.

Agrega que los periodistas tienen responsabilidad civil en caso de faltar a la verdad o de que haya una intromisión injustificada en la vida privada de las personas. 

Aunque la tutela no fue admitida por razones de forma, al no ser presentada dentro de los seis meses siguientes a la decisión de segunda instancia, el hecho marcó para muchos un precedente que hace que las fuentes ya no confíen en los periodistas, al ser posible que un juez ordene la revelación de las mismas en cualquier caso.

Al respecto, Javier Darío Restrepo, periodista y experto en ética periodística e integrante del Consultorio ético de la Fundación para el Nuevo Periodismo Iberoamericano (Fnpi), dijo a EL MUNDO que los derechos no son absolutos, por cuanto quienes ejercen el periodismo tienen la responsabilidad de saber cuándo deber reservarse la fuente y cuándo se debe pedir a la persona que su nombre sí sea citado.

"Ese derecho siempre tiene un límite, que son los derechos y libertades de las otras personas. Por tanto cuando del derecho a la reserva de la fuente, hemos de tener en cuenta que no todos los que invocan la necesidad de que se reserve su nombre, lo hacen legítimamente, sino que utilizan esa mampara como una forma de acusar irresponsablemente", explicó Javier Darío Restrepo.

No obstante, reconoció que los periodistas deben defender su derecho a la reserva de la fuente, puesto que sin él también se estaría afectando las audiencias. "Sin este derecho a la reserva de la fuente, cojea ese otro derecho (el de la información) porque nosotros para nuestras informaciones tenemos que valernos de las fuentes y hay fuentes no colaborarían con nosotros si tienen la posibilidad de que sus nombres sean conocidos, muchas veces para esa gente revelar su nombre equivale a poner en peligro su vida o poner en peligro su empleo, sus familias", detalló.

Recordó que recientemente en el Consultorio ético recibió una consulta de un periodista que se encontraba en una encrucijada frente a una información que le había llegado de un candidato presidencial, pero que el informante no había dado el nombre al periodista invocando su derecho a la reserva de la fuente. Así, se plantea otro panorama en el que el periodista estaría siendo usado como arma política o como un camino para lanzar ataques, según Restrepo. 

"O sea que allí se estaba utilizando ese derecho como una especie de escudo o de máscara de alguien que no tenía la honestidad suficiente para decir yo acuso a fulano y mi nombres es tal. El periodista no puede consentir convertirse en idiota útil de los que acusan de modo irresponsable y se valen de la reserva de la fuente. Utilizo este ejemplo para decir que los periodistas no podemos invocar este derecho como si fuera un derecho absoluto, también como todos los derechos, tiene sus límites", señaló Javier Darío Restrepo, siendo enfático en que no se refiere al caso de Semana, sino a los lineamientos éticos de la reserva de la fuente.

De otro lado, Juan Fernando Muñoz, presidente Federación Latinoamericana de Facultades de Comunicación Social (Felafacs) sostuvo que si la publicación es mentirosa o tendenciosa, para eso existen los delitos de Injuria y Calumnia, que están tipificados y son juzgados a través de la justicia civil. Lo anterior quiere decir que, las personas que se sientan afectadas por las publicaciones, deben acudir a demandas por estos delitos, por lo que la justicia debería actuar en ese sentido. 

Esto, teniendo en cuenta que según él, existen medios de comunicación "sensacionalistas, tendenciosos, facilistas y exagerados", ello no significa que el ejercicio profesional carezca de ligitimidad y fundamento y responsabilida social. "Me parece muy extraño que la Corte quiera crear una nueva interpretación de las normas que ya están escritas", indicó.

El académico señaló que, en caso de que este fallo quede en firme, las consecuencias para la profesión periodística son invaluables. "Entra a menoscabar la fundamentación misma del ejercicio periodístico y el carácter social y la responsabilidad que implica el desempeño de la actividad informativa en el periodismo. Es desconocer las normas mismas que protegen al periodista y a los medios de comunicación, el derecho a informar y ser informado. La reserva de la fuente no tiene un principio de encumbrimiento, porque allí se estaría incurriendo en un delito", expuso Muñoz.

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Comentarios:

augusto
augusto
2018-01-14 09:09:40
Así como los curas son idiotas utiles de la inquisición. Ese tal secreto es solo cómplicidad con el mal.

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