Una justicia a la medida de las Farc   

Autor: Editor
19 febrero de 2017 - 12:00 AM

Los proyectos que desarrollan la Justicia Especial para la Paz no sólo crean la justicia paralela que las Farc demandan. En ellos, el Estado renuncia a los principios de verdad, equidad e igualdad del ciudadano ante la ley.

Hemos introducido esta sección con el infográfico que resume y traduce al lenguaje comprensible para todos, los proyectos de reforma constitucional 002  y 003 de 2016 que crean el Sistema de justicia especial para la paz y establecen consideraciones para el tratamiento a miembros de agentes del Estado con responsabilidades en violaciones a los Derechos Humanos y el DIH en el marco del conflicto armado. Las iniciativas ya surtieron su trámite acelerado en la Cámara y están listas para que el Senado también los apruebe bajo el procedimiento de Fast track, vigente por el aval que la Corte Constitucional dio a la exótica refrendación por el Congreso al Acto Legislativo para la paz.

La creación constitucional de una justicia paralela, que se anuncia tendrá carácter transicional pero posibilidad de actuar por veinte o más años, y la enunciación de sus procedimientos, que habrán de constituirse mediante desarrollo legislativo, debería ocurrir tras una juiciosa actuación del Congreso, que para tales efectos ha recibido voto de confianza de la ciudadanía, y cuidadosa revisión técnica de la Corte Constitucional, de la que se esperarían decisiones en cumplimiento de su mandato de defensa de la Carta Política. Lo debido, sin embargo, parece lejano a lo que será posible que ocurra. El tránsito de la iniciativa por la Cámara de Representantes mostró a un Gobierno que persiste en invocar la paz, según el modelo que él y las Farc han concebido, como bien a imponer por encima, incluso, del consenso democrático; a un Congreso cuyas mayorías se sometieron a tal enfoque, a cambio de seguir disfrutando de las prebendas que le otorga el Ejecutivo, y cuyas minorías independientes han sido acalladas y atacadas por igual como enemigas de la paz en el recinto y en otros espacios públicos. Con el precedente del trámite del Acto Legislativo 1 de 2016, no es posible esperar que la Corte Constitucional vele por la prevalencia de los valores democráticos y los principios constitucionales, tampoco que la opinión pública se sacuda de distractores como el proceso Odebrecht o la reforma política, para llevar su atención a los problemas realmente sustantivos, pero tanto o más complejos.

Los proyectos que desarrollan la Justicia Especial para la Paz no sólo crean la justicia paralela que las Farc demandan. En ellos, el Estado renuncia a los principios de verdad, equidad e igualdad del ciudadano ante la ley.

La acción judicial debe esclarecer la verdad jurídica de los hechos y exigir al Estado actuar en consecuencia. Los proyectos en curso declaran que la Jurisdicción Especial para la Paz no actuará sobre los conceptos criminales de la Justicia Penal, ni siquiera para calificar los procesos, creando una zona incierta a favor de las Farc. La renuncia a la búsqueda de la verdad judicial, que resarce a las víctimas, se confirma con la negativa del Gobierno a las solicitudes de la Procuraduría, para que el Ministerio Público participe en los procesos de la JEP, y de las víctimas, para ser parte en ellos. Consecuente con la renuncia a la verdad judicial, la iniciativa hace énfasis en la formación de una verdad “histórica”, o sea de carácter interpretativo, en la que se privilegia esclarecer contextos de los hechos, o sea encontrar excusas para las Farc, más que en identificar los responsables. Tal memoria será definida por la Comisión de la Verdad, que aún no se ha reglamentado, pero de la que se anuncia estará constituida en forma “equitativa” por el Estado y las Farc, o sea sin víctimas.

Con la libertad del voto, los de igualdad del ciudadano ante la ley y equidad en la acción judicial, sustentan la democracia. Su vigencia y respeto exigen tratos equilibrados a los responsables de acciones criminales y respeto a los derechos de las víctimas. Estas promesas de la institucionalidad democrática quedan rotas con los privilegios concedidos expresamente a las Farc, al no imponerles el principio de responsabilidad del mando, y con las prohibiciones a la extradición de guerrilleros y "sus familiares", así como con la exoneración expresa a indemnizar, para los beneficiarios de amnistía, indulto o renuncia a la acción penal (y por ende a las Farc), del cobro de indemnizaciones judiciales otorgadas a las víctimas, medida esta que acrecienta la responsabilidad del erario, o sea todos los contribuyentes, que no sólo tendrá que sufragar los costos del acuerdo y los privilegios de las Farc, sino asumir responsabilidades económicas por crímenes que los desmovilizados difícilmente tendrán que reconocer ante un sistema paralelo de justicia diseñado para exonerarlos.

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