El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dictó medidas cautelares contra esta EPS, resaltando el derecho a la salud de sus afiliados y con la condición de que estos no tengan que realizar nuevos trámites.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la EPS Medimás, por medio de una serie de medidas cautelares, asegurar la atención de los usuarios, con el ánimo de garantizar su derecho a la salud y sin que esta entidad promotora de salud pueda dilatar los procesos que venían vigentes desde que la entidad era Cafesalud.
No pedir nuevos trámites a las personas que ya tenían citas y autorizaciones asignadas, pagar las incapacidades pendientes de Cafesalud y entregar los medicamentos a los pacientes que los solicitaron con anterioridad; es lo que deberá hacer Medimás, que además deberá informar a sus usuarios que pueden cambiarse de EPS.
El fallo de este tribunal señaló que “Medimás EPS S.A.S dará cumplimiento a las sentencias de tutela falladas contra Cafesalud EPS en las cuales se ordene cualquier prestación del servicio de salud, sin exigir al usuario la realización de trámites adicionales”.
Al respecto del cambio de EPS, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca indicó que “Medimás EPS S.A.S. deberá informar a sus usuarios que en virtud de los artículos 49 y 50 del Decreto 2353 de 2015, cualquier persona podrá solicitar el cambio a otra EPS, siempre y cuando haya permanecido por más de 360 días desde su vinculación a Cafesalud EPS”.