Segundo Congreso de descentralización por colaboración.

Autor: Carlos Alberto Atehortúa Ríos
10 agosto de 2018 - 12:09 AM

Se examinará la importancia del papel que juegan los particulares que se involucran en la realización de actividades propias de los fines del Estado.

Por convocatoria de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, los días 16 y 17 de agosto se realizará el segundo congreso de descentralización por colaboración, en el que tal como se deriva de su denominación se examinará la importancia del papel que juegan los particulares que se involucran en la realización de actividades propias de los fines del Estado, en el contexto de la democracia de participación consagrada en nuestra Carta Política.
Este año el evento contará con la participación de magistrados tanto de la H. Corte Constitucional, como del H. Consejo de Estado, el Auditor General de la República, ilustres profesores Universitarios y directivos gremiales que se ocuparan del análisis de temas asociados a las diferentes formas como el sector privada ha venido interviniendo en el ejercicio de funciones públicas y en la prestación de servicios públicos.
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Sin duda los temas objeto del congreso, revisten una trascendental importancia, pues la realización de actividades estatales por particulares y la inclusión de nuevas formas de gestión administrativa, que ha posibilitado nuevas alianzas público-privadas, superando las ya tradicionales “sociedades y asociaciones de economía mixta”,  se constituye en un verdadero reto para académicos y especialmente para los funcionarios y organismos de control encargados de definir el régimen jurídico aplicable en cada caso. 
Los avances tanto del derecho administrativo, como los del civil y comercial han venido generando escenarios de concurrencia en los cuales las relaciones jurídicas se regulan y controlan por una especie de derecho mixto, en el cual concurren instituciones propias del derecho público, con otras que son propias del derecho privado, este es el escenario propio de la descentralización por colaboración, en el cual los particulares sin perder su condición de tales, realizan actividades, administran bienes, desarrollan funciones y prestan servicios que por su naturaleza estatal o pública no son regidos por el derecho privado, sino por el derecho público y más concretamente por el derecho administrativo.  
Aunque la participación de particulares en asuntos propios del Estado, no se origina con la Constitución de 1991, pues en varios casos, como en el de las Cámaras de Comercio, se trata de un asunto que preexiste a la Constitución, la realidad es que con esta Constitución se impone un nuevo orden institucional en el que es necesario avanzar en la precisión de la naturaleza jurídica, el régimen jurídico aplicable y sistema de controles que debe ejercerse a las entidades y empresas que (i) ejercen funciones públicas; (ii) prestan servicios públicos y (iii) administran o gestionan bienes o recursos públicos o estatales.
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Un aspecto que se hace evidente es que en la actualidad, la naturaleza jurídica de entidades y empresas no determina el régimen jurídico aplicable, por lo tanto podemos estar en presencia en entidades públicas o estatales a las que se aplica en forma preferentes el derecho privado, como sucede con  las empresas de servicios públicos mixtas y privadas con aportes del Estado, o en presencia de entidades privadas a las que al menos parcialmente en sus actuaciones debe aplicarse el derecho púbico,  como sucede con las actuaciones de registro  y certificaciones de las Cámara de Comercio o con la atención de peticiones, quejas y recursos por las empresas privadas que prestan servicios públicos entre otras las del sector de las Telecomunicaciones.
Pero el hecho de que a un particular se le aplique en algunas de sus actuaciones el derecho público, no lo convierte en entidad estatal, ni hace que el control que desarrollan organismos como la Contraloría, la Procuraduría o la Policía administrativa, deba ser realizado en forma integral sobre las entidades y todos sus actos,  pues, existe una línea compleja y difusa que separa lo público de lo privado, y precisamente avanzar en esclarecer dónde está esa línea es uno de los asuntos objeto del Congreso convocado.
Con la participación especial de magistrados de altas Cortes, como la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, se garantiza la altura académica del evento y con los demás ilustres participantes se tendrán diferentes puntos de vista, que es lo que permite enriquecer el conocimiento en temas tan complejos como los que serán tratados.

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