Se violaron derechos colectivos en Túnel Verde: Consejo de Estado    

Autor: Giselle Tatiana Rojas Pérez
22 febrero de 2018 - 10:38 AM

El Consejo de Estado emitió un fallo en favor de los derechos colectivos al medio ambiente en el Túnel Verde en Envigado, donde existen 532 árboles. 

Envigado

En favor de la protección del Túnel Verde en el municipio de Envigado falló el Consejo de Estado mediante sentencia del pasado 20 de febrero.  

Se trata de una decisión del máximo tribunal administrativo colombiano que parcialmente favorece al colectivo ambiental (del mismo nombre) que demandó, por medio de una acción popular, a la Sociedad Metroplús S.A. y a Corantioquia por un permiso de tala de árboles.

El Túnel Verde está conformado por centenares de árboles que serían talados para el desarrollo del tramo 2B del proyecto de transporte urbano Metroplús, que forma parte del sistema integrado Metro de Medellín.

La construcción de dicho tramo fue suspendida por orden del Tribunal Administrativo de Antioquia. Cabe destacar que este pleito estaba frenado desde entonces, hace tres años, a la espera de la respuesta a la acción popular interpuesta por el colectivo ambientalista.

Hasta el momento, las pérdidas acumuladas por la parálisis de la obra se acercan a los $7.000 millones, que tendrán que ser cubiertos por el municipio de Envigado, según confirmó anteriormente el alcalde de esa municipalidad al sur del área metropolitana, Raúl Eduardo Cardona.

El fallo del Consejo de Estado dice que se acepta “el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la Sociedad Metroplús S.A., contra la sentencia de 11 de abril de 2014, proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Primera de Oralidad”.

Lea además qué se dijo en la audiencia pública ambiental relacionada con el tramo 2B de Metroplús que se realizó en 2017 en Envigado.

Es decir, el fallo confirmaría que la empresa Metroplús S.A. y la Corporación Autónoma Regional Corantioquia habrían vulnerado los derechos colectivos “al goce de un ambiente sano; a la existencia de un equilibrio ecológico; manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales y garantía de su desarrollo sostenible, su conservación, restauración sustitución; a la conservación de las especies animales y vegetales; a la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente; al goce del espacio público, la utilización y defensa de los bienes de uso público, entro otros derechos colectivos presuntamente quebrantados y que fueron motivo de la acción popular interpuesta por el Colectivo del Túnel Verde.

Con este falló, el Consejo de Estado sólo ratificó parte de la sentencia del 11 de abril de 2014, por lo tanto, es valido decir que el auto es “parcialmente a favor del colectivo ambiental”.

Dice también el fallo que avala declarar la vulneración de los derechos “a la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas de manera ordenada y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de sus habitantes; a la defensa del patrimonio público, por parte de la Sociedad Metroplús S.A., y la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia – Corantioquia”.

Dice el Consejo de Estado que Metroplús S. A., Corantioquia y la alcaldía de Envigado no procedieron en la solicitud y aprobación de la licencia de aprovechamiento forestal según lo indica la norma. Además, el fallo garantiza que se adelante un nuevo estudio siguiendo la normatividad vigente, aunque es claro en esta sentencia del máximo tribunal administrativo que el ente no protegió los árboles del Túnel Verde de una tala.

También le puede interesar conocer cómo se reanudó el debate por la decisión final de la construcción del tramo 2B de Metroplús en Envigado.

El colectivo Túnel Verde, en un comunicado, expresó que aunque apoya la implementación de un medio de transporte público masivo eficiente para el sur del valle de Aburrá, considera que la construcción de ciudad no puede desconocer el componente ambiental y social presente en el desarrollo de obras de infraestructura. Por ello, asegurá que seguirá velando por el “cumplimiento de todas las normas aplicables y persiste en la defensa de los derechos individuales y colectivos”.

Este fue el comunicado publicado por el colectivo en su perfil en Twitter: 

IMPORTANTE: 
El @consejodeestado falló a favor de los árboles del Túnel Verde y confirmó que @Corantioquia y @Metroplus_SA vulneraron los derechos colectivos. Es un precedente histórico para la defensa de la naturaleza. Publicamos nuestro comunicado oficial: pic.twitter.com/TlkDWBdSGS

— ColectivoTúnelVerde (@TunelVerdeEnv) 22 de febrero de 2018

La casa periodística EL MUNDO contactó a Corantioquia para conocer su concepto sobre esta sentencia del Consejo de Estado, pero la entidad informó que aún no ha sido notificada y por lo tanto hasta no conocer a fondo el fallo, no se pronunciará. De igual forma, el otro actor en este pleito, Metroplús S. A., tampoco ha emitido su declaración al asunto. 

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