Promulgada Ley que agilizará casos cotidianos

Autor: Redacción
15 enero de 2017 - 12:00 AM

Con la promulgación de la popularmente denominada “Ley de Pequeñas Causas”, ahora los delitos menores tardarán sólo seis meses para ser resueltos por la Justicia, pues no requerirán de más de dos audiencias, entre las que se incluye el juicio oral para decidir la culpabilidad del acusado.

Bogotá

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la “Ley de Pequeñas Causas” que reducirá de dos o tres años a seis meses el tiempo de juzgamiento de los llamados delitos menores gracias a la disminución del número de audiencias.

La nueva normativa permitirá "acusar más rápido a quienes cometan delitos menores, pues ya no será un proceso de cinco audiencias sino de sólo dos", afirmó Santos durante la sanción de la ley en la Casa de Nariño.

El jefe de Estado aclaró que no se les denomina delitos menores porque sean de menor importancia, sino porque su investigación es menos compleja y puso de presente que no es igual "investigar un genocidio que una calumnia".

Entre los delitos que cobija la nueva ley están el hurto de celulares, la injuria, las lesiones personales, la inasistencia alimentaria y la estafa, cuando esta sea menor de 150 salarios mínimos.
El nuevo trámite contemplado por la ley permitirá agilizar cerca de 400.000 casos de ese tipo al año, agregó el mandatario, quien hizo énfasis en que no habrá excarcelaciones, "todo sigue igual, lo único que cambia es el tiempo para juzgar".

Santos aclaró también que las lesiones con ácido no están incluidas en los delitos menores, y su juzgamiento continúa según la ley "Natalia Ponce", que fue promulgada en enero del año pasado, tras el ataque que sufrió con ácido en el 2004 la mujer que inspiró esta norma.

El mandatario se refirió además a la figura del acusador privado que prevé la norma. "Se crea la posibilidad de que, en algunos casos, los ciudadanos puedan reunir pruebas o contratar investigadores privados para llevar a juicio a quienes cometan los delitos que se juzgarán por este procedimiento abreviado", afirmó.

Advirtió que no se trata de justicia por la propia mano, ni de que los particulares adquieran funciones de policía judicial, sino de que "las víctimas actuarán por medio de sus abogados y siempre se requerirá la autorización de la Fiscalía para que obren como acusador privado".

Por su parte, el ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, aseguró que con esta ley se busca construir una verdadera política criminal, para que el Estado y los ciudadanos puedan contar con alternativas que les permitan acercarse más a la justicia. 

“Lo que se pretende es pasar de cinco audiencias que se realizan en la actualidad (imputación, acusación, preparatoria, juicio oral y lectura del fallo) a sólo dos: una concentrada, en la que se descubrirán y solicitarán las pruebas; y un juicio oral, en el que se adelantaría la práctica de pruebas y se decidiría sobre la culpabilidad o inocencia del procesado”, explicó el ministro.

 

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