El proyecto de ley pasará a las plenarias del Senado y la Cámara.
Las comisiones primeras conjuntas del Congreso aprobaron, en primer debate, los 75 artículos del proyecto de ley que crea el código procesal para La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), corte especial creada para juzgar a los actores del conflicto armado en Colombia.
Según el ponente del proyecto, Hernán Penagos, los magistrados encargados de impartir justicia en esta instancia no podrán extralimitarse, y por ejemplo, no podrán detener casos de extradición.
De igual manera, afirmó que la JEP solo tendrá tres funciones: la primera, decretar pruebas para determinar la fecha del presunto delito, así se sabrá si el crimen fue antes o después de los acuerdos de paz; la segunda, solicitar todo el material para deliberar frente a cada caso específico y por último, no podrá suspender procesos de extradición.
Así mismo, se definió que la participación de terceros en la corte especial, tales como las víctimas, sera voluntaria.
El ministro del interior Guilllermo Rivera aclaró que el presidente vía decreto podrá aumentar la planta de la Procuraduría General para que pueda cumplir con las obligaciones que le correspondan frente a la JEP.