Legal y moral, legalidad y legitimidad

Autor: Hernán Mira Fernández
1 junio de 2019 - 09:04 PM

Privilegiamos lo legal para analizar y juzgar una decisión, dejando muy de lado los criterios guías en la moral y la ética.

Medellín

Hernán Mira Fernández

El concepto legal-legalidad, hace relación a la ley y a la norma y a los comportamientos que de ellas derivan. Un comportamiento es legal cuando está  de acuerdo con la norma de la cual deriva.  Una norma es legal cuando tanto su promulgación como sus contenidos respetan el marco jurídico señalado por la Constitución o las leyes. Lo legal se impone por la fuerza de la ley, los mecanismos de coacción de que se dispone o por la convicción personal y ciudadana. Por ello se habla de obedecer la ley.

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El concepto de legitimidad hace alusión a lo moral, a las normas, valores y fines morales que rigen una comunidad o sociedad.  Es legítimo el comportamiento que puede fundamentarse o justificarse desde estos criterios y referentes.  Justamente se habla de legitimar, cuando un comportamiento personal o colectivo, norma social o política, o institución sea de la sociedad o del Estado, puede mostrar la  dimensión moral que subyace en sus actuaciones o contenidos.  El concepto de ilegitimidad  se aplica entonces cuando esta dimensión moral, que forma parte del talante o cultura de una sociedad o grupo, no es tenida en cuenta o no se descubre. Se puede decir entonces que la legitimidad suscita reconocimiento, adhesión y cumplimiento, no tanto obediencia como exige la ley.

El Estado se fundamenta en un contrato social fruto de acuerdos entre los ciudadanos, basa su legalidad en el sometimiento al derecho, a un orden jurídico debidamente promulgado, así surge el concepto de Estado de derecho. Este Estado tiene que construir la legitimidad porque sin ella no es posible asegurar el respaldo de los ciudadanos, su estabilidad y permanencia. Dice Aristóteles que los estados aseguran su estabilidad mediante la justicia y la bondad de las acciones del gobernante, es así como se legitiman y alcanzan mayores niveles de gobernabilidad que lo legal por sí solo no asegura.

Esta relación legalidad-legitimidad y sus dos derivaciones: ilegalidad-legitimidad, cuando una acción es ilegal por incumplimiento de una norma legal, pero legítima pues se hace en cumplimiento de un valor moral, o legalidad-ilegitimidad, cuando una acción  se ajusta a una norma legal pero ilegítima que contraviene una convicción moral; estas variaciones plantean conflictos y dilemas a los ciudadanos.

Queda siempre la pregunta de cuáles son los referentes morales para contrastar la ley con su legitimidad. Hay en general un acuerdo de los defensores de la democracia y el Estado de Derecho, de que el reconocimiento, respeto y protección de los derechos humanos es el gran sustrato moral que legitima el ejercicio del poder por parte del Estado y lo reviste de legitimidad.

La moralidad de los derechos humanos se basa en el concepto de dignidad humana que se ha convertido hoy en el criterio moral por excelencia, legitimador del accionar del Estado y de cualquier organización. La dignidad es la conciencia que tenemos del valor no negociable de nosotros mismos y de los demás, y del que somos totalmente responsables. La dignidad no tiene nada que ver con el egoísmo, la fama, el dinero o el poder, como se ha planteado. Al contrario, es la esencia en la que nos reconocemos en libertad, igualdad de derechos y deberes, en radical solidaridad.

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Desgraciadamente, entre nosotros, por una falta de formación integral en lo ético-moral, pensamiento crítico, argumentación, siempre privilegiamos lo legal para analizar y juzgar una decisión, dejando muy de lado los criterios guías en la moral y la ética. Dice Victoria Camps, destacada filosofa y eticista española, “Si no hay una condena judicial, no hay sentimiento de culpa (ni sanción social), y esto es subsumir la moral en el derecho. Es como si la ética fuera superflua y el límite sólo fuera el de la ley.” “Voy a entender por ética la defensa de un ideal de humanidad por debajo del cual la vida es indigna y carece de calidad. La reivindicación de la justicia mínima para que la vida merezca el calificativo de «humana». La lucha por una calidad de vida que confiera dignidad a las personas sean cuales sean sus situaciones y circunstancias”.

 

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Comentarios:

Juan
Juan
2019-06-02 12:14:43
Así, habría que cambiar la ley si no corresponde con la ética, pero el juez no puede aducir criterios de ética para ir interpretando la ley de acuerdo con sus propios conceptos de dignidad humana.

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