Delincuentes comunes, sin lugar en la JEP

Autor: Juan David Morales Gaviria
5 octubre de 2017 - 06:01 PM

Alias pipoleta tiene una condena en su contra por disparar contra dos personas que iban en una moto con destino a Santander de Quilichao en el año 2014.

Colombia

Delincuentes comunes no podrán acceder a los beneficios de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Así lo ratificó este jueves la Corte Suprema de Justicia al negarle la libertad condicionada a Jorge Leonardo Rodríguez Rivas, alias pipoleta, quien alegó ser colaborador de las Farc para acogerse a la Ley de Amnistía.

Según el alto tribunal, este hombre, que fue procesado y luego absuelto por el delito de porte de armas, no tiene relación alguna con delitos políticos y tampoco hay pruebas de que haya sido parte del grupo exguerrillero.

Lea también: Acuerdo de Paz: un año después...

“No hay evidencias, pruebas e información legalmente obtenida, indicativas que la condena de Rodríguez Rivas, obedezca a ‘conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final’; por el contrario, las pruebas del juicio oral no dejan duda alguna de su ajenidad con el mismo”, aseveró la Corte.

Con este hecho, la justicia colombiana da un claro aviso de que los colados de las Farc no podrán someterse a la nueva justicia transicional, una de las preocupaciones que se ha suscitado en diferentes sectores del Estado.

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