Cuotas de género e igualdad

Autor: Alejandro Cortés Arbeláez
9 noviembre de 2017 - 12:07 AM

Los partidos pueden optar por ubicar a las mujeres al final de las listas, de manera que su probabilidad de ser elegidas sea baja, sin incumplir la letra de la ley

Colombia ha avanzado en igualdad de género en las últimas décadas, pero aún falta mucho por mejorar. El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo mide la desigualdad entre hombres y mujeres a través del Índice de Desigualdad de Género (IDG). El valor del IDG va de 0 a 1, siendo 0 perfecta igualdad y 1 perfecta desigualdad.

Si se mira la evolución en el tiempo del IDG para Colombia puede verse que el país viene avanzando en la dirección correcta: entre 2000 y 2015 pasamos de un IDG de 0.49 a uno de 0.39. Sin embargo, en perspectiva comparada no estamos muy bien: en el mismo periodo de tiempo, el IDG de Canadá paso de 0.13 a 0.098, y el de Alemania de 0.13 a 0.066. Por supuesto, Canadá y Alemania son casos emblemáticos, cuyas condiciones sociales, económicas y políticas son muy diferentes de las nuestras, por lo cual la comparación puede parecer extraña. Veamos entonces qué ocurre con algunos países vecinos, con los cuales la comparación es más razonable. Entre 2000 y 2015, el IDG de México pasó de 0.49 a 0.34, el de Bolivia de 0.59 a 0.44, el de Argentina de 0.42 a 0.36, el de Brasil de 0.50 a 0.41, el de Chile de 0.43 a 0.32 y el de Ecuador de 0.49 a 0.39. Venezuela, por su parte, es el país con peores resultados en materia de igualdad de género, pues entre 2005 y 2015 su IDG solo disminuyó de 0.47 a 0.46.

Colombia se parece a sus vecinos, que presentan mejoras modestas pero importantes en la materia. Sin embargo, la desigualdad persiste. Esto es especialmente cierto en el ámbito político, en el que el país presenta altos niveles de desigualdad de género (Foro Económico Mundial, Global Gender Gap Report 2016).

 

Los derechos políticos pueden ser considerados como mecanismos de protección de los demás derechos. En ese sentido, cobran importancia para el caso de las mujeres porque cuando se tiene voz política, se puede denunciar la vulneración de otro tipo de derechos por parte del Estado o de particulares. Es por lo anterior que la igualdad de género en el ámbito de la política es fundamental: si las mujeres tienen una adecuada representación política, pueden presionar en favor de una mayor igualdad de género en espacios que estrictamente no son políticos, como el mercado laboral.

Lea también: las necesidades y las decisiones

Según datos del Banco Mundial y del Instituto para la Democracia y la Asistencia Electoral (Idea), el porcentaje de mujeres en el Congreso colombiano ha aumentado de un 5% a inicios de la década de 1990 a cerca del 20% en las últimas elecciones. Hoy, la Cámara de Representantes tiene 166 curules, de las cuales 135 están ocupadas por hombres y solamente 31 por mujeres. El Senado, por su parte, cuenta con 102 curules, de las cuales 80 están ocupadas por hombres y apenas 22 por mujeres. Aunque es evidente que la situación ha mejorado, el dato es preocupante si se tiene en cuenta que en el último censo realizado en el país (en 2005), del total de la población colombiana el 51.2% eran mujeres y el 48.8% eran hombres.

Lo invitamos a leer: Otro día de la mujer sin novedad

El Congreso colombiano contrasta con la Asamblea boliviana. La Cámara de Diputados tiene 130 integrantes, de los cuales 69 son mujeres y 61 son hombres; por su parte, la Cámara de Senadores tiene 36 miembros, de los cuales 17 son mujeres y 19 son hombres. A inicios de los noventa, el Congreso boliviano tenía un porcentaje de mujeres inferior al 10%, hoy más del 50% de sus integrantes son mujeres.

Tanto Colombia como Bolivia tienen disposiciones legales dirigidas a promover la igualdad de género en el poder legislativo, pero entre ambas existe una diferencia fundamental. Veamos.

En Colombia, la ley estatutaria 1475 de 2011 establece que los partidos y movimientos políticos que presenten listas a corporaciones de elección popular deben asegurar que por lo menos el 30% de integrantes de las listas sean mujeres. El problema es que hacerle el quite a esta obligación es fácil: los partidos pueden optar por ubicar a las mujeres al final de las listas, de manera que su probabilidad de ser elegidas sea baja, sin incumplir la letra de la ley (ONU Mujeres, La implementación del sistema de cuotas electorales y su impacto en la participación política de las mujeres en las elecciones locales de 2015). Por su parte, la ley electoral boliviana establece lo que se conoce como un “mandato de posición”, según el cual las listas partidistas a corporaciones de elección popular deben respetar la paridad y la alternancia de género. Es decir: si en un renglón de la lista hay un hombre, en el renglón siguiente tiene que haber una mujer, y así sucesivamente.

La implementación de esta ley en Bolivia llevó a que el porcentaje de mujeres en el legislativo se duplicara de un periodo electoral a otro, por lo cual debería servir como referente para los debates colombianos sobre la igualdad de género en el ámbito de la política. No sabemos si esta igualdad representativa garantizará, por sí sola, la igualdad en otros espacios, pero sería necio no tener en cuenta la experiencia de un vecino cercano. Por cierto, Claudia López puso esta opción sobre la mesa en 2014. Ojalá vuelva a hacerlo en 2018.

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