Corrupción en asuntos públicos

Autor: Carlos Alberto Atehortúa Ríos
28 abril de 2017 - 12:10 AM

Si bien todas las manifestaciones de corrupción merecen el reproche social, la corrupción en servicios públicos merece uno mayor.

El término corrupción se convertido en uno de los de uso habitual en la vida pública colombiana, lo que debería ser objeto de preocupación y reflexión colectiva, pues no sólo representa la concentración indebida de los recursos públicos en manos de particulares, sino que se convierte en un obstáculo para la destinación adecuada de esos recursos, que no debe ser otro que el de mejorar la calidad y vida y promover el desarrollo económico y social de todos.

Dentro de las denuncias que se ha venido haciendo no está ausente el sector de los servicios públicos, ni en general las actividades que antes fueron monopolios estatales y que, en virtud de la liberalización del Estado colombiano, tienen una amplia participación de los particulares, sin que hasta ahora se hayan definido los instrumentos de control adecuados para este tipo de actividades.

Si bien, todas las manifestaciones de corrupción merecen el reproche social, la corrupción en servicios públicos merece uno mayor, pues cada peso que pierde el Estado o la sociedad, del que se apropia irregularmente un particular, deja de ser un peso que se invierte en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y en el desarrollo colectivo de la sociedad, manteniendo graves condiciones de inequidad y el marginamiento de amplios sectores de la sociales, cuya calidad de vida es deplorable.

Cuando a inicios de los años noventa se inició el proceso de liberalización del sector de los servicios públicos y se promovió el ingreso del sector privado como prestador de estos servicios, se tuvieron en cuenta varias consideraciones entre ellas que era importante que los particulares hicieran nuevas inversiones en el sector y que se eliminaran factores del corrupción propios de la gestión política de los mismos, pero si no garantizamos esas nuevas inversiones con recursos privados y dejamos que avance en forma indebida la apropiación privada de los recursos públicos, habremos logrado muy poco o casi nada.

Con la expedición de la Constitución de 1991 y de las leyes 142 y 143, se ha avanzado en un camino, que sin duda ha transformado el sector y traído beneficios, pero, además, se ha puesto de presente una nueva realidad y es la de que no en todos los casos los particulares lo hacen mejor que el Estado y la de que la corrupción no es un patrimonio del sector público, sino un producto cultural que ataca por igual al sector público y al privado.

El paso del Estado funcional al gestor y la vinculación de particulares a la gestión de los recursos públicos, pues de acuerdo con la Constitución de 1991, a ellos se les permite (i) la prestación de servicios públicos; (ii) el ejercicio de funciones públicas; (iii) la administración de recursos públicos, que no siempre corresponden a recursos estatales; se hace imperativa la transformación de los instrumentos de control, con el fin de poder garantizar que estos particulares que se involucran en lo público efectivamente actúan en cumplimiento de los intereses sociales y que no existe una adecuada apropiación de los bienes que deben utilizarse en beneficio de todos.

Ante las denuncias de corrupción que se han hecho, la respuesta no debe ser la de eliminar los instrumentos de control local tal como se ha venido promoviendo en el país, sino todo lo contrario, se requieren instrumentos locales, que le permitan los ciudadanos y a las organizaciones sociales empoderarse del control de lo público, no solo de lo estatal, sino además del manejo de los recurso que se asocian a la prestación de servicios públicos y para ello el desarrollo de instituciones propias de las democracias de participación se hace relevante.

Nada más inoportuno que en un escenario como el actual se proponga, eliminar instrumentos locales de control a la gestión pública, para centralizarlos, concentrarlos en autoridades nacionales, lejanas y desconocidas para las comunidades locales, lo que se impone es lo contrario, vincular el ciudadano al control y edificarlo sobre la publicidad, la participación y la aplicación de las tecnologías de la información.

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