Consulta en Cajamarca no autorizaría frenar proyecto minero La Colosa

Autor: Redacción
26 marzo de 2017 - 07:00 AM

El proyecto La Colosa podría generar durante su construcción 2.500 empleos directos y 7.000 indirectos, y cuando entre en operación, 750 directos y 2.000 indirectos aproximadamente.

Cajamarca, Tolima

Después de un accidentado camino, este domingo 26 se celebrara la consulta popular en la que se le consultará a los habitantes del municipio de Cajamarca, Tolima, si está de acuerdo o no en que se realice minería en el lugar, a propósito de que la empresa Anglo Gold Ashanti busca desarrollar el proyecto extractivo de oro La Colosa, uno de los más grandes hallados en el mundo en una década. Sin embargo, la última decisión del Consejo de Estado sobre este tema precisa que no podría detenerse el proyecto dado que es previo a la consulta.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en su sentencia del 7 de diciembre del año pasado en lo que fue confirmado por la Sección quinta, ante una tutela contra la pregunta que se iba a hacer en el municipio de Ibagué, también sobre la minería pero que era tendenciosa, debido a que conducía el razonamiento del votante a rechazar la actividad, señaló entre otras cosas, que ciertamente el pueblo podía ser consultado sobre la actividad minera, pero que su decisión no podía interrumpir procesos ya iniciado o acordados previamente con las autoridades nacionales y/o municipales. Es decir, la decisión sólo se haría efectiva a procesos nuevos o iniciativas posteriores a la consulta.

Como se recordará en esa misma fecha hubo una sentencia negativa para la consulta en Cajamarca por las mismas razones referidas a la pregunta, esta vez la decisión vino de la Sección quinta del Consejo de Estado. Sin embargo, aunque la decisión aquí expuesta corresponde a Ibagué, sienta lo que se llama en derecho “jurisprudencia”, es decir, a menos que un tribunal superior dicte lo contrario, los principios expresados en la sentencia, no operan sólo para Ibagué, sino para toda la nación, en casos similares.

Decisión para el futuro

Señala la sentencia: “En el caso que nos ocupa, la consulta popular de Ibagué está relacionada con el desarrollo de actividades y proyectos mineros en la jurisdicción de ese municipio, pero no hay mención de ninguna actividad minera específica ni de un proyecto particular. La Sala entiende que la intención del alcalde de Ibagué es que el pueblo decida sobre la posibilidad de prohibir la minería en Ibagué. Sin duda, se trata de un asunto general, en cuanto interesa y afecta a toda la comunidad ibaguereña. Por lo tanto, la decisión que adopte el pueblo debe incorporarse al ordenamiento jurídico mediante la expedición de reglamentos (acuerdos municipales), que, se insiste, rigen desde que se cumple el requisito de publicídad y surten efectos a futuro”.

Continua la sentencia: “En otras palabras: la decisión del pueblo de Ibagué será definitiva y obligatoria, pero solo a partir de que se incorpore al ordenamiento jurídico y se publique. Y si el acto rige hacia futuro, y así es si se trata de normas, significa que deben respetarse las situaciones jurídicas particulares consolidadas de los sujetos que, en virtud de la normativa anterior, obtuvieron licencias, concesiones, permisos y autorizaciones para desarrollar proyectos y actividades mineras en el municipio de Ibagué”.

Y agrega: “También deben respetarse las expectativas legítimas de los sujetos que están tramitando la autorización para desarrollar proyectos y actividades mineras en Ibagué. La decisión que adopte el pueblo no puede detener, frenar, ni limitar los proyectos mineros que actualmente se estén desarrollando en el municipio de Ibagué, cuya autorizacíón se obtuvo antes de que se publique el acto normativo que incorpore al ordenamiento jurídico el resultado de la consulta popular que se oponga al desarrollo de actívidades y proyectos mineros en Ibagué”. 

Conozca más sobre como la inseguridad jurídica está afectando la minería en Colombia

Qué es el proyecto La Colosa

Información oficial de la empresa Anglo Gold Ashanti precisa que La Colosa es un proyecto minero en  exploración, “no una mina”, que desarrollan en el municipio de Cajamarca y con incidencia únicamente en ese municipio.

Dice la empresa que el proyecto se encuentra en fase de exploración, fase en la cual se hacen todos los estudios necesarios para establecer la viabilidad técnica, ambiental, económica  y social del proyecto. 

No se ha extraído la primera onza de oro y aún falta obtener mucha información para la formulación de una propuesta definitiva. Pasarán por lo menos tres o cuatro años antes de que se presente el Estudio de Impacto Ambiental y se solicite la licencia ambiental ante las autoridades” agregan.

Agregan además que no es posible evaluar el impacto sin tener definido el proyecto, como es el caso del proyecto la Colosa. Para evaluar el alcance de los impactos ambientales de un proyecto existe una técnica, universalmente reconocida, denominada la evaluación de impactos ambientales que en Colombia, en virtud de la Ley 99 de 1993 se concreta en lo que se llama el Estudio de Impacto Ambiental.

El agua como preocupación

Quienes han adversado el proyecto La Colosa, entre ellas algunas organizaciones ambientalistas, y que respaldan la votación del “no” en la consulta a efectuarse este domingo, señalan como gran preocupación el tema del agua. Es decir, su uso excesivo y la posible contaminación de los ríos. Se señala que se acabaría con el lugar donde nacen 161 ríos, que se contaminaría con cuatro millones de kilos de cianuro por año, y se usarían 3 millones de litros de agua por hora, lo que lógicamente afectaría las actividades agrícolas y la vida misma del lugar. Entre los argumentos y eslóganes se señala: “vota por el promisorio futuro económico de Anglo Gold Ashanti o VOTA por el agua, la Vida y el futuro de su pueblo”, a lo que se suman videos de alto impacto en redes sociales con imágenes de minas a cielo abierto de otros lugares del mundo.

Al respecto responde la empresa que En la Colosa el uso de agua para la fase de exploración es en promedio 0,0017 metros cúbicos por segundo (m3/s), equivalente a lo que usa una finca de recreo. Este uso eficiente es gracias al programa de recirculación continua.  El agua que se  usaría en una posible fase de explotación estaría alrededor de 0,2 – 0,3 m3/s, menos del 1% del caudal medio del rio Coello. Un punto de comparación en la región son los 20 m3/s que utiliza un solo distrito de riego, esto equivale a casi cinco veces el caudal del Rio Bermellón que pasa por Cajamarca.

“Hoy el proyecto toma agua de las concesiones otorgadas por Cortolima de las quebradas La Arenosa y La Colosa, así como agua lluvia, la cual entra en el proceso de recirculación optimizando su uso” agregan. 

Otra preocupación de los ambientalistas, entre los que hay grupos con claras agendas políticas distintos del tema puramente ambiental, es sobre el uso del mercurio, sustancia nociva usada para separar el oro de la tierra e impurezas.

Al respecto precisa la AngloGold Ashanti que la minería industrial no utiliza mercurio sino cianuro de sodio en el procesamiento del mineral. El cianuro se destruye por ser un compuesto biodegradable y no se acumula en los tejidos de los cuerpos de los seres vivos. El cianuro sólo es peligroso en alta concentración. 

La empresa dice haberse adherido al ‘Código internacional para el manejo del cianuro’, una iniciativa voluntaria liderada por el Instituto Internacional para el Manejo del Cianuro, para la industria minera de oro y que establece un sistema de auditoría y certificación para la gestión del cianuro. Este código regula todo el ciclo de vida del cianuro (producción, transporte, uso, manejo, almacenamiento, disposición final o desintoxicación  y desmantelamiento de las instalaciones).

Lea más sobre las opciones que tiene la minería en Colombia a pesar de los obstáculos

Un accidentado camino y una pregunta tendenciosa

La primera fecha para la consulta de Cajamarca iba a ser el 27 de noviembre de 2016, pero fue refutada por la Registraduría, ya que el alcalde del momento, William Poveda, la había convocado sólo seis días antes, lo que violaba las garantías de los electores. La segunda fecha, 22 de enero de 2017, propuesta por la Registraduría, no se pudo cumplir, dada la acción de tutela que radicó la Anglo Gold ante el Consejo de Estado, debido a la pregunta tendenciosa.

La pregunta señalaba: “¿Está usted de acuerdo SI o NO con que en el Municipio de Cajamarca se ejecuten actividades que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación tradicional agropecuaria del municipio, con motivos de proyectos de naturaleza minera?”, que fue declarada inconstitucional por el Consejo de Estado, que ordenó su cambio por la siguiente: “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras?”.

Finalmente este domingo Cajamarca votará, y habrá que esperar la decisión de sus pobladores y las acciones que a futuro tanto autoridades locales como regionales, además de la Anglo Gold Ashanti, tomen después de conocerse el resultado de los escrutinios.

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