Cámara de Representantes aprobó la JEP

Autor: Redacción
28 noviembre de 2017 - 07:33 AM

El proyecto que pasará a conciliación entre Senado y Cámara, garantizó que quienes hayan cometido delitos sexuales contra menores de edad serán juzgados por la justicia ordinaria.

Bogotá, Colombia

En plenaria, la Cámara de Representantes aprobó este lunes en último debate la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Esta aprobación se logró durante la vigencia del mecanismo denominado fast track para la implementación de los acuerdos.

Durante su sesión del lunes, esta corporación aprobó los últimos 98 artículos de la Ley, completando así los 163 que conforman la propuesta radicada ante el Congreso de la República.

Tras la aprobación de la JEP, Rodrigo Lara indicó que “cualquier miembro de las Farc que cometa un delito y sea reincidente, saldrá inmediatamente del régimen especial y pasará a la jurisdicción ordinaria a enfrentar las más grandes penas”.

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Frente al juzgamiento de los delitos sexuales, una de las mayores preocupaciones expresadas por las victimas, Lara explicó que “serán severamente sancionados y no se cobijarán con la JEP”, además agregó que se cierran completamente los listados para la incorporación de nuevas personas como excombatientes de las Farc, “no más esa guachafita de tener listados abiertos e ir integrando a cuanta persona iba llegando por discrecionalidad de las Farc” indicó,

Guillermo Rivera, ministro del interior, expresó su satisfacción tras la aprobación del proyecto que definió como el más importante de la agenda legislativa para la paz.

 

Trámite siguiente

Tras la aprobación en Cámara de Representantes, el proyecto pasará a conciliación entre Senado y Cámara, la cual, según Hernán Penagos, ponente de la iniciativa, debe hacerse antes del jueves para activar la Jurisdicción Especial para la Paz, las investigaciones y las sanciones.

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Grueso de lo aprobado

En síntesis, con la aprobación de la JEP se aprobó la participación en política de las Farc, el juzgamiento en la justicia ordinaria a los responsables de delitos sexuales contra menores de edad (como ya se había expresado), el régimen de inhabilidades y requisitos de los magistrados de la Jurisdicción y la eliminación de la norma sobre el respeto al fuero de los altos oficiales de las fuerzas públicas.

 

Máximas penas a responsables de abuso sexual contra menores

Entre los hechos destacados de la sesión estuvo la votación de proposición al artículo 147, el cual se refería a las penas que enfrentarían quienes hayan comedido abuso sexual contra menores de edad. Con 98 votos a favor y ninguno en contra se aprobó excluir de la JEP a quienes hayan cometido este delito.

Al respecto, la senadora Maritza Martínez, promotora de la proposición, expresó su satisfacción y señaló que “el peor delito que se puede cometer contra un menor va a ser juzgado sin obedecer a penas alternativas y quienes lo hayan cometido enfrentarán penas entre 16 y 30 años con agravamiento”.

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