Este nuevo Pnde es un ejercicio más al que por ley cada diez años los ministros (as) de turno deben formular y presentar a la opinión pública
La ministra de Educación dio a conocer el Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026 (Pnde), del cual ya sólo quedan nueve años para su implementación. Con un abanico de 10 desafíos se busca que la educación en el año 2026 sea de mayor calidad y llegue a más colombianos.
Sin embargo, el camino para lograr que el Pnde se ponga en marcha no está libre de obstáculos y el primero es el carácter indicativo que le asigna la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994, artículo 72) a los Pnde; con este serán tres Pnde que se han construido en los últimos 22 años sin que se conozca con certeza sus impactos en la transformación de la educación y en las políticas públicas que han generado.
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Al no existir obligación por parte de presidentes, gobernadores y alcaldes de incorporar los Pnde a sus planes y programas de gobierno, lo que al final se prevé es que este nuevo Pnde se constituya en un ejercicio más al que por ley cada diez años los ministros (as) de turno deben formular y presentar a la opinión pública. La no continuidad en los programas de gobierno en materia de educación, impide que estos se conviertan en políticas públicas al no lograr el “umbral necesario” para generar un resultado transformador, quedando rápidamente en el olvido como algo que “pudo haber sido y no fue”.
Por otra parte, queda en la formulación de los desafíos de nuevo Pnde, la idea de lugares comunes sobre los cuales desde tiempo atrás la sociedad viene insistiendo, sin que el Estado tome cartas en el asunto. Sólo detengámonos en uno de los desafíos propuestas en el nuevo Pnde que tiene que ver con “la construcción de una política pública para la formación de educadores”; este desafío, al parecer, está negando que Colombia tenga a la fecha una política pública en este sentido. Tal vez, la redacción más acertada hubiera sido que el desafío del nuevo Pnde fuese proponer una “nueva” política pública para la formación de educadores y a continuación mencionar los aspectos sobre los cuales se trabajará en su formulación. Lamentablemente este desafío del Pnde es tan vago e impreciso que no permite apreciar su transcendencia en los próximos años.
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Me inclinaría, de forma respetuosa, a sugerir a la ministra de Educación que aproveche las facultades que tiene elpPresidente de la República (artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016), para tramitar un decreto ley que cambie el carácter indicativo que tienen los Pnde enfatizando en su obligatoriedad para los mandatarios nacionales, regionales y locales, lo que debería verse reflejado en los respectivos programas y proyectos de los distintos gobiernos, con indicadores que se puedan evaluar. Dado el énfasis de los Pnde para superar las desigualdades e inequidades en educación y contribuir a una Colombia en Paz, incluyente, que respete la equidad de género, con toda seguridad la Corte Constitucional dará su fallo de constitucionalidad como una norma que está en armonía con los acuerdos de Paz.
Introducir en el articulado de la Ley General de Educación la declaratoria explícita de la obligatoriedad de desarrollar los Pnde permitirá que el próximo Presidente y los próximos gobernadores y alcaldes tiren para el mismo lado en materia de política pública en educación, con lo que se estará en la ruta de poder evaluar el impacto de los programas en educación cada 10 años y sobre este insumo proyectar los próximos Pnde.
(*) Profesor Universidad de Antioquia