Arremetida contra el libre desarrollo de la personalidad

Autor: Jorge Mejía Martínez
11 abril de 2018 - 12:09 AM

Hay una arremetida contra la decisión personal de consumir un bareto o portarlo en el bolsillo como una opción recreativa.

Según estudio de la Universidad del Valle, coincidiendo con muchos otros estudios, el consumo de bebidas procesadas endulzadas con productos como fructosa, sucrosa o con una alta concentración de azúcares ha sido positivamente asociada con un mayor riesgo de diabetes o síndrome metabólico. Este último síndrome corresponde a la presencia de obesidad, hipertensión arterial y dislipidemia en forma simultánea. La evidencia compilada de varios estudios conducidos en Estados Unidos, Finlandia y China mostró que las personas que consumen los niveles más altos de consumo de bebidas azucaradas tienen un 26% más de riesgo de desarrollar diabetes y un 20% más de desarrollar síndrome metabólico en comparación con aquellos cuyo consumo es bajo o nulo. (https://www.minsalud.gov.co/.../apoyo-bebidas-azucaradas-universidad-del-valle.pdf). En 2016 murieron más de 20.000 personas en Colombia por estas circunstancias; en ese mismo año tuvimos 12.000 homicidios.

Desestimular el consumo de las dañinas bebidas azucaradas incrementando su costo, vía subir impuestos, ha sido imposible. El poder económico y político de los chupasangres del azúcar –los cultivadores del Valle, los gaseoseros de Postobón y el canal RCN, su tribuna desde el grupo Ardila Lulle, sacan sus ases en el Congreso, a quienes previamente habían financiado sus campañas electorales, y bloquean cualquier posibilidad.

Vea también: El bizantino populismo

Reitero, el azúcar es más letal que el revolver o el cuchillo.

Pero nadie solicita que se decrete la prohibición de su ingestión, pero sí que se promuevan campañas pedagógicas sobre “el consumo es nocivo para su salud” y se establezcan altas cargas impositivas tal como ocurre con los licores y el tabaco. Por fortuna, nos protege el artículo 16 de la Constitución Política de la República de Colombia (1991) que establece: “Todas las personas tienen el derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.” Tal disposición se incorporó por primera vez en la Constitución colombiana formando parte del Capítulo I relativo a los derechos fundamentales, dentro de la consagración constitucional de Colombia como un Estado social de derecho, democrático, participativo y pluralista que se funda en el respeto a la dignidad humana (Artículo 1).

El desarrollo de este humanismo jurídico presente en la CN de 1991 le permitió a Carlos Gaviria sacar adelante la innovadora tesis de la dosis mínima. Hoy, en cabeza del fiscal general, hay una arremetida contra la decisión personal de consumir un bareto o portarlo en el bolsillo como una opción recreativa. La propuesta no es sólo reducir la dosis permitida, sino prohibirla, tal como lo propone el candidato Iván Duque para quien, además de perseguí al distribuidor, hay que castigar al “consumidor reincidente”. Volveremos a la época de llenar, por ley 30, las cárceles, los juzgados y los tribunales de consumidores, en lugar de intensificar su tratamiento médico, cuando sea el caso, porque valga decirlo, no todo el que consume es un enfermo, mientras los grandes traficantes y sus estructuras siguen incólumes, lo mismo los homicidas, rateros y extorsionistas.

Lea también: Los candidatos se midieron el aceite

De otro lado, los promotores de la criminalización del consumo siguen esgrimiendo la no confirmada tesis de que hay una directa relación entre la inseguridad y la ingestión de estupefacientes. En Colombia, según el portal Razón Pública del 9 de abril de 2018, en los últimos ochos años se han capturado en promedio anual 77.500 personas por delitos relacionados con drogas (212 cada día). Entre tanto, el mercado ha permanecido estable y, en algunas ciudades, en crecimiento. A esto habría que agregar que de acuerdo con las estimaciones de Isabel Gutiérrez y Santiago Tobón, entre 2001 y 2015 el gasto fiscal asociado con las capturas por el delito de porte, fabricación y tráfico de estupefacientes ascendió a 10,6 billones de pesos a precios de 2016 (con un gasto promedio anual de 893.000 millones), lo cual abre la pregunta sobre el impacto fiscal de una posible decisión de penalizar nuevamente la dosis personal.

La arremetida contra el libre desarrollo de la personalidad como derecho fundamental y principio rector del ordenamiento jurídico en Colombia coincide con el fortalecimiento de una visión de mano fuerte, dura, propia de la derecha, para atender las problemáticas sociales y económicas, en lugar de mayor democratización e inclusión, al tiempo que hacia afuera el consumo recreativo y medicinal gana espacio avasallador en nueve estados norteamericanos y en Canadá, y toca las puertas en Wall Street con fuertes inversionistas en la marihuana, cuyo mercado legal creció en un tercio hasta casi US 10.000 millones el año pasado y se pronostica que duplicará su tamaño para 2021.

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