A esta iniciativa sólo le resta su discusión y aprobación en la plenaria del Senado para que se convierta en ley de la República.
La Comisión Primera del Senado aprobó en tercer debate con diez votos a favor y uno en contra, el proyecto de ley que amplía el número de integrantes de las comisiones en el Senado y en la Cámara de Representantes, para que tanto los integrantes de la Farc ocupen dichas curules, como el candidato que quedó de segundo lugar en las elecciones presidenciales.
Según el senador ponente Roy Barreras "esta iniciativa busca que las Comisiones Primeras puedan ser ampliadas en ese número y si no se hace tendríamos esa camisa de fuerza, si queremos que el nuevo Congreso arranque es necesario aprobar este proyecto".
El congresista puntualizó que “en la reforma constitucional también se determinó la ampliación del Senado y la Cámara en cinco curules para desmovilizados de las Farc, y que no se ha reglamentado, lo cual es necesario para que los miembros puedan llegar a ellas”.
El nuevo Congreso tendrá diez curules para la Farc; cinco en el Senado de la República y cinco más en la Cámara de Representantes, y una en el Senado para Gustavo Petro y otra en la Cámara de Representantes para Angélica Lozano, para un total de doce nuevas curules. El Senado pasará de 102 a 108 integrantes.
El texto aprobado es el siguiente:
Artículo 1°. Adiciónese los siguientes parágrafos al artículo 2º de la Ley 3ª de 1992, modificado por la Ley 754 de 2002.
Parágrafo. En cumplimiento a lo establecido en el Acto Legislativo número 02 de 2015 y el Estatuto de la Oposición, los candidatos que sigan en votos a quienes la autoridad electoral declare elegidos Presidente y Vicepresidente de la República, serán miembros de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara, respectivamente.
Parágrafo Transitorio. De conformidad con lo establecido en el artículo 1º del Acto Legislativo número 03 de 2017, para los cuatrienios legislativos 2018-2022 y 2022-2026, tendrán un Miembro adicional a lo establecido en el presente artículo, en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes, las Comisiones Primera, Segunda, Tercera, Quinta y Séptima.
Artículo 2°. Durante los cuatrienios 2018-2022 y 2022-2026, la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias, la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista, la Comisión para la Equidad de la Mujer, tanto del Senado como de la Cámara de Representantes, la Comisión Legal de Cuentas y de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes y la Comisión de Instrucción del Senado de la República, estarán compuestas por un (1) miembro adicional a lo establecido en la Ley 5ª de 1992.